Contraloría General de la República · N° 085126N16
Dictamen N° 85.126, de 24 de noviembre de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 85.126 Fecha: 24-XI-2016 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, mediante el cual se autoriza la renovación y aprueba el contrato para la provisión del medicamento que se menciona, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que de los antecedentes tenidos a la vista aparece que las garantías de fiel y oportuno cumplimiento de ese contrato, aludidas en la cláusula duodécima del mismo, fueron otorgadas con posterioridad a la fecha de suscripción de dicho acuerdo de voluntades. Al respecto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 71 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, es necesario que en lo sucesivo esa entidad requiera esa caución a más tardar en la fecha de firma del convenio (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s. 34.189, de 2015, y 12.145, de 2016). Con el alcance que antecede, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 085126N16, de 24 de noviembre de 2016.
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