Contraloría General de la República · N° 079662N13
Dictamen N° 79.662, de 4 de diciembre de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 79.662 Fecha: 04-XII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Universidad de Chile, a fin de dar cumplimiento a lo que se le ordenó en el oficio N° 12.178, de 2013, de este origen, emitido a propósito de la consulta efectuada por el señor Raúl Hauser Ben-Iaacov, funcionario de la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación respecto al derecho que le asistiría a percibir la asignación profesional en razón de sus títulos obtenidos en Suecia. Como cuestión previa, es conveniente recordar que mediante el indicado pronunciamiento, este Órgano de Control expresó que, a fin de resolver la solicitud del interesado, se hacía necesario que la Universidad de Chile -institución encargada del reconocimiento de los grados académicos otorgados en el extranjero, tal como se indicó en el dictamen N° 27.922, de 1989, de esta Entidad Fiscalizadora-, ponderara los antecedentes acompañados y determinara si sus diplomas de Bachelor of Science in Social Science y de Master of Science in Sociology, ambos concedidos al recurrente por la Universidad de Gotemburgo, Suecia, poseían el carácter de terminales, lo que, en tal evento, le permitiría acceder al estipendio en comento. Sobre el particular, es dable destacar que el artículo 3° del decreto ley N° 479, de 1974, estableció el referido beneficio en favor de los servidores de las entidades que señala, que, entre otros requisitos, tengan un título profesional conferido por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste. Luego, corresponde anotar que la jurisprudencia administrativa contenida en el oficio N° 29.558, de 2007, de este origen, ha manifestado que para los efectos de la percepción del emolumento en estudio podrá existir una equivalencia entre un título profesional y el grado académico de magíster, en la medida que las universidades que confieren estos últimos, acorde con sus disposiciones orgánicas, declaren que ellos son de carácter terminal y no conducentes a la obtención de un título profesional. Conforme lo anterior, dado que la Universidad de Chile ha informado que el citado diploma de Master of Science in Sociology fue asimilado a un grado académico de Magíster en Sociología finalista o terminal, cabe concluir que éste habilita a su titular para recibir la asignación que reclama. Finalmente, atendido lo expuesto, resulta innecesario pronunciarse acerca del otro título invocado por el peticionario Transcríbase al señor Raúl Hauser Benlaacov y a la Universidad de Chile. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 079662N13, de 4 de diciembre de 2013.
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