Contraloría General de la República · N° 014934N13
Dictamen N° 14.934, de 6 de marzo de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 14.934 Fecha: 06-III-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Franz Möller Morris, abogado auxiliar de la Oficina Especializada en Derechos Humanos de la Corporación de Asistencia Judicial, en representación de doña Roxana Antonia Cruz Varas, exfuncionaria de Carabineros de Chile, para solicitar un pronunciamiento sobre la legalidad de la calificación de su mandante correspondiente al año 2010, en la cual fue incluida en Lista N° 4, de Eliminación, lo que implicó su alejamiento de ese servicio. Sobre el particular, cabe destacar que, de conformidad con lo establecido en el artículo 32 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, en relación con el artículo 36 de la ley N° 11.595, los empleados de esa institución pueden solicitar la revisión de su evaluación siempre que sean ubicados en Lista N° 4, de Eliminación, o por segunda vez consecutiva en Lista N° 3, de Observación, e interpongan el recurso que les franquea este último texto legal, ante esta Contraloría General, dentro del plazo fatal de un año, contado desde el retiro, requisito que no se cumple en la especie. En efecto, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que en la aludida calificación, la señora Cruz Varas fue agregada en la Lista N° 4, de Eliminación, siendo llamada a retiro a contar del 1 de agosto del año 2010, reclamando de tal medida, ante esta Entidad de Control, el día 22 de febrero de 2013, esto es, una vez transcurrido el anotado término fatal de un año, por lo que se desestima la petición. No obstante lo expuesto, y en cuanto a la aplicación del artículo 61 de la ley N° 19.880, que se cita como fundamento de la petición, es menester señalar, de acuerdo con el criterio contenido, entre otros, en los dictámenes N os 11.564, de 2007 y 14.315, de 2011, de este origen, que dicho ordenamiento constituye un marco normativo general que no tiene por finalidad suplir o derogar disposiciones especiales, como sucede con las que rigen las calificaciones en Carabineros de Chile, las cuales priman en esta materia, de modo que no es posible invocar la mencionada preceptiva para requerir la revisión de la evaluación, toda vez que el procedimiento para ello se encuentra expresamente indicado en el artículo 32 del citado Estatuto del Personal. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 014934N13, de 6 de marzo de 2013.
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