Contraloría General de la República · N° 008887N20
Dictamen N° 8.887, de 11 de mayo de 2020
Texto del pronunciamiento
N° 8.887 Fecha: 11-V-2020 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba liquidación final del contrato “Construcción varios puentes menores ruta 7, sector río Bravo – puente Quetro, Región de Aysén”, ejecutado a través del Cuerpo Militar del Trabajo (CMT), por cuanto no fueron acompañados los antecedentes descritos en el artículo Nº 13 del convenio de trato directo que dio origen a la presente contratación -aprobado mediante la resolución N° 60, del Ministerio de Obras Públicas- y que resultan necesarios para verificar la regularidad de la ejecución de los trabajos, a saber, las especificaciones técnicas especiales, planos o láminas (generales y/o de detalle), perfiles y condiciones del proyecto establecidas en las especificaciones técnicas. Por su parte, se requieren mayores antecedentes que acrediten el avance de la “partida “5.507-4 Suministro y transporte de puentes modulares” ejecutada durante el mes de diciembre de 2017 -según se anota en el estado de pago N° 14- y que alcanzó a $1.210.678.715. Finalmente, debe consignarse que al pie de una de las rúbricas del acto en examen se omite la individualización de la autoridad correspondiente y que se advierte un error en la numeración correlativa de los resuelvos del acto en examen al repetir el 3°. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República División de Infraestructura y Regulación Subjefe de División
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 008887N20, de 11 de mayo de 2020.
Más sobre Licitación y Ejecución de Obras
-
La Contraloría no da curso al documento que autoriza el trato directo y aprueba el contrato del proyecto de conservación del sistema de control de tránsito, ordenando al servicio aclarar la justificación de rubros ajenos al objeto, precisar el monto máximo y corregir cláusulas imprecisas.
-
La Contraloría concluye que el IND puede modificar los contratos para rebajar garantías y eliminar la exigencia de recepción municipal, pues el retraso deriva de decisiones de la propia Administración y no es imputable a los contratistas.
-
La Contraloría toma razón del instrumento que dispone el término anticipado de un contrato de pavimento en Sierra Gorda, pero ordena al Servicio informar detalladamente sobre resoluciones, contratos, estado de la obra, fondos invertidos y personal a cargo en 20 días hábiles, y adoptar medidas para dictar oportunamente sus actos, dado el evidente retraso.
Todos los pronunciamientos sobre Licitación y Ejecución de Obras
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Obras Públicas y Concesiones, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Obras Públicas y Concesiones¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.