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Contraloría General de la República · N° 033295N12

Dictamen N° 33.295, de 6 de junio de 2012

Texto del pronunciamiento

N° 33.295 Fecha: 06-VI-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Municipalidad de Hijuelas, solicitando la reconsideración de los oficios N°s. 3.506, de 2009; 481, de 2010, y 9.825, de 2011, todos de la Contraloría Regional de Valparaíso, los cuales concluyeron, en síntesis, que ese municipio debía llevar a cabo el concurso interno a que alude el artículo 3° transitorio de la ley N° 19.933, no importando la fecha límite establecida por la ley para la realización de aquél, toda vez que la jurisprudencia administrativa ha precisado que los plazos para la Administración no son fatales y, por ende, no existiría impedimento para convocar al referido certamen en un período diverso. Sobre el particular, es del caso anotar que el artículo 3° transitorio de la ley N° 19.933, dispuso que aquellos municipios o corporaciones de educación municipal que al 31 de marzo de 2004, tuvieran en su dotación un porcentaje superior al 20% de docentes en calidad de contratados, debían llamar a un concurso interno para incorporarlos en calidad de titulares, de manera de poder ajustarse a lo estipulado en el artículo 26 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1996, del Ministerio de Educación -Estatuto de los Profesionales de la Educación-, debiendo este concurso quedar resuelto a más tardar el 30 de abril de 2004. Agrega el inciso 2°, que podían participar en este concurso interno los profesionales de la educación titulados, que hubieran pertenecido a la dotación docente del respectivo municipio o corporación de educación municipal en calidad de contratados al 31 de diciembre de 2003 y que hubieran servido en esta durante tres años continuos o cuatro discontinuos, contados desde esa fecha. En efecto, la referida normativa autorizó, de manera excepcional, a las entidades edilicias que se encontraban en la situación comentada, para que, dentro del anotado plazo legal, convocaran a concurso interno para proveer cargos mediante el nombramiento de docentes en calidad de titulares. De las disposiciones citadas se desprende que la atribución que el legislador otorgó a los municipios para convocar a concurso interno a fin de mantener la proporcionalidad entre los funcionarios titulares y contratados de la dotación docente, en términos que quienes servían horas en esta última calidad no excediera del 20% permitido por la ley, se encuentra a la fecha extinguida, toda vez que el plazo máximo para resolver dichos certámenes venció el 30 de abril de 2004, no siendo posible su realización con posterioridad a la época dispuesta por la ley (aplica criterio contenido en el dictamen N° 33.164, de 2010). En consecuencia, en mérito de lo expuesto, esta Entidad de Fiscalización reconsidera los oficios N°s. 3.506, de 2009; 481, de 2010, y 9.825, de 2011, todos de la Contraloría Regional de Valparaíso. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 033295N12, de 6 de junio de 2012.

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