Contraloría General de la República · N° 083480N13
Dictamen N° 83.480, de 19 de diciembre de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 83.480 Fecha: 19-XII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Jorge Antognini Gómez, empleado civil de la planta de técnicos del Ejército, solicitando se determine si el diploma de Cartógrafo, conferido por la Universidad de Chile, que posee, lo habilita para percibir el sobresueldo por título profesional. Requerido su informe, esa entidad manifestó, en síntesis, que el aludido estipendio sólo corresponde a los empleados civiles de escalafones profesionales, calidad que no tiene el interesado. Sobre el particular, cabe anotar que el artículo 186, letra g), del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, previene que los empleados civiles de escalafones profesionales, con excepción de los regidos por la ley N° 15.076, y los servidores a contrata, con título profesional, que desempeñen funciones propias de su profesión y acrediten cumplir una jornada de trabajo de cuarenta y cuatro horas semanales, gozarán del sobresueldo de que se trata. Como es dable advertir, el legislador previó dos hipótesis que hacen posible el pago del beneficio en estudio, la primera, se refiere a los empleados civiles pertenecientes a escalafones profesionales, y la segunda, dice relación con los designados a contrata con título profesional, en la medida que desarrollen labores propias de su profesión, tal como se informó en el dictamen N° 60.922, de 2010, de este origen. Ahora bien, en la documentación tenida a la vista, consta que el señor Antognini Gómez está nombrado como empleado civil del escalafón de técnicos del Ejército, razón por la cual no le asiste el derecho a percibir el estipendio que pretende. Transcríbase al Ejército. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 083480N13, de 19 de diciembre de 2013.
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