Contraloría General de la República · N° E98433N25
Dictamen N° E98433, de 13 de junio de 2025
Sumario
La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la contratación, con alcances sobre la restitución de excedentes de garantía, el procedimiento de término anticipado, la imputación presupuestaria y los pagos futuros condicionados a disponibilidad presupuestaria.
Texto del pronunciamiento
N° E98433 Fecha: 13-06-2025 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba la contratación que indica, pero cumple con hacer presente que, si se ejecuta la garantía de fiel y oportuno cumplimiento por no haber pagado el proveedor una multa, facultad consagrada en el antepenúltimo párrafo de la cláusula decimoprimera del acuerdo de voluntades, deberá restituirse al contratista el excedente, si lo hubiere, sin perjuicio de su obligación de entregar una nueva caución (aplica el oficio N° E22366, de 2025, de este origen). Asimismo, que, para el caso de aplicar la medida de término anticipado del contrato, según lo previsto en la cláusula decimosegunda del instrumento, procederá previamente la aplicación del procedimiento regulado en el artículo 73 de las bases administrativas que rigieron el certamen, sin que sea correcta la alusión al “capítulo siguiente” que se realiza en la letra d) de la mencionada cláusula contractual. Luego, es necesario señalar que, en lo sucesivo, deberá anotarse en la imputación del gasto que se irroga, el monto cargado al presupuesto del año en curso, lo que se omitió en el segundo resuelvo del acto en trámite. Finalmente, atendida la duración del convenio, contenida en su cláusula sexta, los pagos que se generen con imputación a presupuestos futuros solo procederán en la medida que exista disponibilidad presupuestaria y se cumplan las condiciones previstas para esos desembolsos, lo que no fue consignado en el documento en estudio (aplica el oficio N° 24.240, de 2019). Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto de la suma. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República Cristian Patricio Oliver Gómez Jefe de la División Jurídica
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E98433N25, de 13 de junio de 2025.
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