Contraloría General de la República · N° 048853N12
Dictamen N° 48.853, de 9 de agosto de 2012
Texto del pronunciamiento
N° 48.853 Fecha : 09-VIII-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al furgón fiscal Z-4828, de cargo de la 8ª Comisaría Temuco, conducido por el funcionario de esa institución policial, señor Guillermo Javier Pérez Arcos, a objeto que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con la atribución que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquél. Al respecto, cabe anotar que del examen de los antecedentes adjuntos, aparece que el día 8 de marzo de 2011, el aludido servidor se desplazaba en el mencionado furgón por calle Lautaro, en dirección al oriente, y al llegar a la intersección con calle General Carrera, en la ciudad de Temuco, fue colisionado por un vehículo particular que no respetó una señal Ceda el Paso existente en ese cruce, lo que la Subcomisaría I.A.T. y Carreteras Cautín, en su oficio N° 3, de 2011, agregado a fojas 5 a 7 del expediente, estableció como causa basal del accidente. Los perjuicios ocasionados al patrimonio institucional, según el informe técnico N° 26, de 2011, de la Zonal de Mantenimiento y Reparaciones de Vehículos Temuco, rolante a fojas 12 de autos, ascendieron a la suma de $25.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, es menester señalar que el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que al término del sumario que para estos efectos se incoare, se acredite que el detrimento o extravío de aquél no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, el infrascrito estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Sargento 2° de Carabineros, señor Guillermo Javier Pérez Arcos, por los daños ocasionados en el vehículo fiscal Z-4828. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 048853N12, de 9 de agosto de 2012.
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