Contraloría General de la República · N° 057442N14
Dictamen N° 57.442, de 29 de julio de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 57.442 Fecha : 29-VII-2014 Se ha dirigido a esta Entidad de Control doña Cecilia Maritza Olivares Cáceres, en representación de la Sociedad Educacional Ortega y Aguirre Limitada, entidad sostenedora del “Colegio Especial de Lenguaje Universo”, denunciando irregularidades en el marco de un proceso administrativo del que fue objeto ese establecimiento educacional. En dicho procedimiento se dictó la resolución exenta N° 126, de 2014, del Superintendente de Educación (S), que acogió parcialmente el recurso de reclamación interpuesto al efecto, rebajándose la sanción de revocación del reconocimiento oficial del Estado a la de privación temporal y total de la subvención en los términos que indica. Requerido de informe, la Superintendencia de Educación manifestó a este Organismo de Fiscalización -con fecha 18 de julio de 2014-, que la recurrente entabló, en contra de la aludida resolución exenta N° 126, el recurso de reclamación judicial previsto en el artículo 85, de la ley N° 20.529, que establece el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización. Al respecto, cumple señalar que esta Contraloría General debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado, por cuanto en virtud de lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de su Ley Orgánica N° 10.336, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los tribunales de justicia, lo que ocurre en la situación planteada en la especie, puesto que sobre la materia se interpuso un recurso de reclamación ante la Corte de Apelaciones de La Serena, en causa Rol N° 207-2014, cuyo fallo fue apelado y actualmente se encuentra en tramitación ante la Corte Suprema, en causa Rol N° 18.874-2014. Transcríbase a la Superintendencia de Educación. Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 057442N14, de 29 de julio de 2014.
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