Contraloría General de la República · N° E129273N25
Dictamen N° E129273, de 1 de agosto de 2025
Sumario
La Contraloría toma razón del instrumento que modifica, por interés público, obras y servicios del contrato de concesión del Puerto Terrestre Los Andes, e instruye al Ministerio de Obras Públicas a cumplir en lo sucesivo el artículo 25 de la Ley de Concesiones.
Texto del pronunciamiento
N° E129273 Fecha: 01-08-2025 Esta Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que modifica, por razones de interés público, las características de las obras y servicios que indica del contrato de concesión de la obra pública fiscal denominada "Puerto Terrestre Los Andes General Director de Carabineros José Alejandro Bernales", previamente representada por el oficio N° E81772, de 2025, de este origen, teniendo presente, en relación con las observaciones allí formuladas, lo manifestado en la Minuta Respuesta a Observaciones de 27 de junio 2025, suscrita por la jefa de la División Jurídica de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas, y en la Minuta Ejecutiva de 5 de junio del mismo año, suscrita por la profesional que se indica del Departamento de Informes y Asesoría Jurídica del Servicio Nacional de Aduanas, además de los antecedentes adicionales adjuntos que fueron remitidos en esta ocasión. No obstante lo anterior, y tal como se ha manifestado reiteradamente por esta Entidad de Control en los dictámenes N°s. E192775 y E284135, ambos de 2022, E367270, de 2023, y E497568 y E557569, de 2024, ese Ministerio deberá adoptar las medidas conducentes para que, en lo sucesivo, se dé cabal cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley de Concesiones de Obras Públicas -cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se fijó por el decreto N° 900, de 1996, de esa Secretaria de Estado-, según el cual “Una vez concluido el plazo de las concesiones, las obras deberán ser nuevamente entregadas en concesión por el Ministerio de Obras Públicas para su conservación, reparación, ampliación o explotación, aisladas, divididas o integradas conjuntamente con otras obras”, añadiendo que “La correspondiente licitación deberá efectuarse con la anticipación necesaria para que no exista solución de continuidad entre ambas concesiones”. Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E129273N25, de 1 de agosto de 2025.
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