Contraloría General de la República · Obras Públicas y Concesiones
Concesiones de Obras Públicas
Los pronunciamientos de la Contraloría General de la República sobre Concesiones de Obras Públicas, del más reciente al más antiguo.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Obras Públicas y Concesiones, que incluye Concesiones de Obras Públicas, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Obras Públicas y ConcesionesPronunciamientos
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La Contraloría concluye que la licitación internacional de los duty free del Aeropuerto Arturo Merino Benítez se ajustó a derecho y desestima las tres impugnaciones de la recurrente: falta de fundamentación de la adjudicación, oferta económica desproporcionada y exclusión por cero puntos en indicadores.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la contratación directa de la asesoría a la inspección fiscal de la concesión, por la necesidad de supervisión oportuna, aunque instruye al ministerio licitar públicamente sus contratos en lo sucesivo.
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La Contraloría no da curso a la resolución N° 54, de 2026, de la Dirección General de Concesiones, porque la delegación en que se basa no fue aprobada por el Ministro de Obras Públicas ni cumple los requisitos legales. Además, ordena al Ministro revisar las delegaciones de la Directora e informar en 20 días.
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La Contraloría no da curso a la resolución N° 53, de 2026, de la Dirección General de Concesiones, que adjudica una asesoría a la inspección fiscal, porque la delegación de facultades en que se basa no fue aprobada por el Ministro de Obras Públicas ni cumple los requisitos legales.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba el convenio de modificación del contrato de asesoría a la inspección fiscal, precisando que dicho convenio es de 17 de junio de 2026 y no de la fecha señalada en el resuelvo N°1 del acto.
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La Contraloría concluye que, aunque el plazo reglamentario para iniciar la operación del sitio electrónico unificado de tarifas y peajes está sobrepasado, la Dirección General de Concesiones está adoptando las gestiones conducentes para su correcta implementación y comunicación municipal.
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El TEMA PRINCIPAL es si las modificaciones a la concesión del Aeropuerto de Santiago deben someterse a consulta ciudadana previa. Contraloría concluye que no, pues la Ley de Concesiones establece un procedimiento especial que no contempla consultas obligatorias, por lo que rechaza la reclamación.
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La Contraloría toma razón del instrumento que adjudica el contrato de asesoría de inspección fiscal del Puerto Terrestre Los Andes, con el alcance de que en lo sucesivo no se exijan autorizaciones notariales de firma salvo mandato legal o reglamentario.
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La Contraloría toma razón del instrumento que deja sin efecto la resolución N° 113, de 2024, y aprueba un convenio de modificación y su adenda, precisando que la disminución del contrato es de 5,72% del presupuesto original y no un aumento, e instruye aprobar oportunamente los convenios futuros.
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La Contraloría toma razón del instrumento que adjudica la asesoría a la inspección fiscal de la Tercera Concesión Acceso Vial Aeropuerto Arturo Merino Benítez, Sub Tramos B2, B3 y B4, precisando que los anexos complementarios fueron aprobados por la resolución exenta N° 361, de 2026, y no por la indicada en el considerando N° 2 del acto.
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La Contraloría concluye que no existe impedimento para renovar o prorrogar la concesión de ZOFRI, pues el legislador lo permite expresamente, aplicando el régimen especial de la ley N° 18.846 por sobre la regla general del decreto ley N° 1.939.
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La Contraloría no da curso al decreto que fija los requisitos y condiciones del CEOL de litio en Hilaricos, por no resguardar debidamente el interés público en materia de cambios societarios, aportes locales, garantías, multas y gobernanza.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba las bases de licitación de la concesión Ruta 5 Collipulli-Temuco, con alcance sobre la valorización y ajustes por la eliminación de las Obras Anexas para Carabineros.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba las bases de licitación del Nuevo Establecimiento Penitenciario de Calama, con alcances: el servicio deberá rectificar el mes de referencia de la UTM y el factor "A" (9,55, no 6,55).
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La Contraloría no da curso al instrumento que modifica las características de obras y servicios del contrato de concesión "Sistema Oriente-Poniente", pues la minuta acompañada no subsana la observación formulada en el oficio N° OF32919 de 2026, cuyo criterio se reitera en todos sus términos.
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La Contraloría concluye que la ampliación del Edificio de Control de la Plaza de Peaje Nueva Angostura, por ser obra de infraestructura de transporte ejecutada por el Estado vía concesión, no requiere permiso de edificación ni recepción definitiva municipal, sin perjuicio de cumplir la normativa aplicable.
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La prórroga o renovación de la concesión de ZOFRI puede pactarse directamente entre las mismas partes, sin licitación pública, manteniendo los beneficios e inmutabilidad por el nuevo plazo, y sin obstáculo para modificar condiciones, sujeto a los trámites y controles vigentes.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba el convenio modificatorio N° 3 de la consultoría "Estudio Integral Concesión Ruta 57 Santiago–Colina–Los Andes", con el alcance de que la Dirección deberá adoptar medidas para asegurar su pronta y correcta ejecución, dada la antigüedad de su contratación.
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La Contraloría concluye que las garantías de fiel cumplimiento y de pago de la renta se ajustaron a las bases, pero que la garantía por obras de desarrollo no fue determinada conforme al artículo 22 N° 6 del decreto N° 250, por lo que el municipio debe regularizar esa situación en 15 días hábiles y, en lo sucesivo, ceñirse estrictamente a la normativa.
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La Contraloría toma razón del decreto que modifica, por interés público, las obras y servicios del contrato de concesión "Rutas del Loa", aunque advierte que se dictó fuera del plazo de 90 días y remite los antecedentes para planificar fiscalizaciones.
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La Contraloría toma razón del instrumento que adjudica el contrato de asesoría a la inspección fiscal de la Concesión Ruta 5 Chacao–Chonchi, entendiendo que el compromiso de fondos corresponde al TD5 N° 7753 y no al que allí se menciona.
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La Contraloría no da curso al documento que aprueba las bases de licitación del Establecimiento Penitenciario Santiago 1, porque el terreno está en una zona donde el Plan Regulador prohíbe las cárceles. Además, ordena aclarar aspectos ambientales y las prohibiciones para contratar del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886.
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La Contraloría no da curso al instrumento que modifica el contrato de concesión "Sistema Oriente-Poniente", pues no consta el acto que habilite incluir la obra policial "57° Comisaría Motorizada Renca", cuya competencia corresponde a Carabineros.
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La Contraloría toma razón del instrumento que modifica, por interés público, obras y servicios del contrato de concesión "Concesión Vial Puente Industrial", con el alcance de que deberá ponderarse aplicar la multa por retraso en la entrega de la garantía.
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La Contraloría toma razón de la resolución que adjudica la concesión de la Ruta 5, tramo Chacao-Chonchi, precisando que deben considerarse los cambios al artículo 1.8.7 de las bases administrativas introducidos por las circulares aclaratorias N° 3, 8 y 10.
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La Contraloría toma razón del instrumento que modifica, por interés público, las obras y servicios del contrato de concesión "Centro de Justicia de Santiago", para asegurar la continuidad del servicio. No se pronuncia sobre el Subsidio Fijo a la Operación (lo auditará) e instruye al Ministerio cumplir el artículo 25 de la Ley de Concesiones.
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La Contraloría rechaza la reconsideración del oficio que representó la adjudicación de la consultoría del Tren Valparaíso-Santiago, pues actuó dentro de sus facultades constitucionales de control preventivo de legalidad, y reitera su criterio.
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La Contraloría no da curso al instrumento que modifica las obras y servicios del contrato de concesión del Centro de Justicia de Santiago, porque no se justifica el aumento del subsidio fijo a la operación y no se licitó oportunamente la concesión.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la circular aclaratoria N° 3 de las bases de licitación de la concesión, con el alcance de que la cita al artículo 1.12.6 debe entenderse referida al artículo 1.13.6 del pliego.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la circular aclaratoria N° 3 de las bases de licitación de la "Concesión Corredor de Transporte Público Ruta 160", con alcances: la cita al artículo 1.12.6 debe entenderse referida al punto 1.13.6, y el servicio debe dar estricto cumplimiento al plazo de envío de circulares a los licitantes.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba una modificación del contrato de asesoría a la inspección fiscal de obras aeroportuarias, precisando que la nueva fecha de término es el 7 de julio de 2025 y no la indicada en su resuelvo N° 3.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba una modificación del contrato de asesoría a la inspección fiscal de obras aeroportuarias, con alcances sobre referencias erróneas en el acto y ordenando descontar en la liquidación los recursos de fiscalización del Aeropuerto Diego Aracena de Iquique.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la circular aclaratoria N° 7 de las bases de licitación de la concesión Planta Desaladora de Coquimbo, precisando que las referencias a los párrafos quinto y sexto deben entenderse hechas a los párrafos cuarto y quinto, e instruye al servicio cumplir el plazo de envío a los licitantes.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la circular aclaratoria N°4 de las bases de licitación de la "Concesión Vial Ruta Pie de Monte", ordenando al servicio que en lo sucesivo envíe esas circulares a los licitantes con la antelación mínima que exige el reglamento.
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La Contraloría toma razón del documento de CORFO que modifica las bases de licitación para concesionar inmuebles en Lota, con el alcance de corregir el número del oficio citado (es el N° E130493, de 2025).
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La Contraloría toma razón del instrumento que adjudica el contrato de asesoría a la Inspección Fiscal, precisando que su valor total es de $3.193.568.347 y no el indicado en el resuelvo N° 6.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que modifica obras y servicios del contrato de concesión del Aeropuerto Carriel Sur, por falta de antecedentes que justifiquen el cambio de la obra de arte originalmente seleccionada.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la modificación del contrato de asesoría a la inspección fiscal de la Concesión Túnel El Melón, aunque instruye emitir oportunamente los actos que aprueben convenios, dado el evidente retraso.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la modificación del contrato de asesoría a la inspección fiscal, precisando que la concesión fue adjudicada por el decreto N° 493, de 2002, del MOP, y no por el que se indica en el acto examinado.
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La Contraloría toma razón del instrumento que modifica, por interés público, obras y servicios del contrato de concesión del Puerto Terrestre Los Andes, e instruye al Ministerio de Obras Públicas a cumplir en lo sucesivo el artículo 25 de la Ley de Concesiones.
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La Contraloría toma razón del documento que dicta normas de excepción para la región de Coquimbo, precisando que la autorización del artículo segundo solo abarca la contratación de asesorías o consultorías para el proyecto de concesión, no el contrato de concesión en licitación.
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La Contraloría toma razón del instrumento que deja sin efecto una resolución, regulariza servicios y aprueba un convenio de modificación de la asesoría a la inspección fiscal de la Ruta 5 Talca-Chillán, con alcances: ordena remitir copia del acto que instruya el proceso disciplinario anunciado y observa errores formales de numeración y una referencia impropia a un nuevo plazo.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la modificación del contrato de asesoría a la inspección fiscal de la Concesión Ruta 5 Chillán-Collipulli, con alcances por su dictación tardía, ordenando al servicio emitir oportunamente los actos administrativos.
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La Contraloría no dio curso al documento que adjudica la licitación "Conservación Rutinaria Aeropuerto Andrés Sabella 2024-2025", porque faltan antecedentes que acrediten que las obras no corresponden a la concesionaria, al estar incluidas en el contrato de concesión del Aeropuerto Cerro Moreno.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba las bases de licitación del teleférico Alto Hospicio-Iquique, precisando que el factor "α" del numeral 3.3 debe ser 0,03 y no el valor indicado.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la circular aclaratoria N° 8 de las bases de licitación de la Concesión Embalse Nueva La Punilla, ordenando al servicio cumplir estrictamente el plazo mínimo de 10 días para enviarla a los licitantes.
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La Contraloría toma razón del instrumento que adjudica el contrato de asesoría de inspección fiscal, pero aclara que ello no implica pronunciamiento sobre la procedencia de la modificación al contrato de asesoría vigente mencionada en su considerando N° 14.
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La Contraloría no da curso al instrumento que adjudica la asesoría a la inspección fiscal de la Zona Norte 2, porque no se acredita que los contratos vigentes de esa zona hayan terminado o sido modificados, y pide una explicación detallada con respaldo.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que modifica el contrato de concesión "Puerto Terrestre Los Andes", porque no justifica suficientemente las razones de interés público y urgencia exigidas por la ley de concesiones.
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La Contraloría toma razón de la resolución que adjudica la asesoría a la inspección fiscal de la Concesión Ruta del Itata, con el alcance de que el monto correcto es $916.143.472 y no el señalado en su resuelvo N° 7.