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Contraloría General de la República · N° 015617N15

Dictamen N° 15.617, de 25 de febrero de 2015

Texto del pronunciamiento

N° 15.617 Fecha: 25-II-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-2225, conducido por su funcionario, señor Roberto Temistocle Soto Rivera, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. En este sentido, cabe señalar que del estudio de la documentación examinada, aparece que el día 23 de julio de 2010, mientras ese empleado permanecía con el referido móvil detenido en la autopista Costanera Norte, próximo al puente Lo Saldes, en la comuna de Providencia, fue chocado por un furgón particular que se desplazaba por dicha vía, cuyo conductor perdió el control del móvil, debido a que lo hacía a una velocidad no razonable ni prudente, de acuerdo con las condiciones de la calzada (mojada por lluvia), lo que el Departamento de Investigaciones de Accidentes en el Tránsito, en su oficio N° 136, de 2010, determinó como causa del accidente, practicándose la denuncia ante el Primer Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna. Los daños causados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 18, de 2015, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $2.549.500, siendo tal especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Roberto Temistocle Soto Rivera, por los daños ocasionados en el vehículo fiscal RP-2225; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad infraccional que pudo asistirle al interesado en el hecho descrito. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 015617N15, de 25 de febrero de 2015.

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