Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 006977N11

Dictamen N° 6.977, de 3 de febrero de 2011

Texto del pronunciamiento

N°6.977 Fecha: 3-II-2011 Mediante el oficio N° 79, de 2011, la Contraloría Regional de La Araucanía ha remitido a este Nivel Central la presentación del Concejal de la Municipalidad de Pucón, señor Armin Avilés Arias, en la que solicita la reconsideración del dictamen N° 69.831, de 2010, de esta Entidad, atendidas las razones que expone. Como cuestión previa, es útil recordar que el citado pronunciamiento atendió un requerimiento formulado por la Municipalidad de Pucón, en orden a determinar si procedía que el concejal peticionario devolviera las sumas percibidas por concepto de dieta, en el período indicado, por haberse encontrado suspendido de su derecho a voto, así como también, a precisar si los acuerdos del concejo municipal en que participó el señor Avilés Arias en las condiciones anotadas, resultaban válidos. Al respecto, el oficio cuya reconsideración se solicita concluyó, en lo que interesa en la especie y según las consideraciones que en el mismo se indican, que desde la fecha en que se hallaba suspendido de su derecho a sufragio, el concejal en cuestión se encontraba incapacitado temporalmente de ejercer su cargo y, por consiguiente, estaba legalmente impedido de asistir a las sesiones del concejo y, asimismo, de percibir la dieta mensual respectiva, señalando que correspondía que la entidad edilicia adoptara las medidas tendientes a exigir la devolución de las sumas percibidas indebidamente por ese concepto. Ahora bien, sobre la materia, cumple con manifestar que atendido que la situación sobre que versa el requerimiento que se analiza, ha sido debida y suficientemente estudiada, y que el señor Avilés Arias no formula en esta oportunidad nuevas alegaciones jurídicas que permitan alterar o enervar el planteamiento sostenido por este Organismo de Control en el dictamen N° 69.831, de 2010, no cabe sino desestimar lo solicitado por aquél, ratificando en todas sus partes dicho pronunciamiento. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 006977N11, de 3 de febrero de 2011.

Más sobre Alcalde y Concejo Municipal

  • 23 de octubre de 2026

    Dictamen N° D437

    La hora de incidentes depende del tiempo que quede tras la tabla ordinaria y el alcalde solo puede intervenir en ella para dirigir y aclarar debates y hacer cumplir el reglamento, no para participar libremente.

  • 17 de agosto de 2026

    Dictamen N° D400

    La Contraloría concluye que el artículo 51 del Reglamento Interno de Sala del Concejo de Chillán no se ajusta a derecho, pues no puede exceptuar la aprobación tácita del artículo 82 letra c) de la ley N° 18.695. Además, en los tres casos reclamados operó dicha aprobación tácita, por lo que el municipio debe dictar un acto declarativo en tal sentido.

  • 29 de julio de 2026

    Dictamen N° D391

    El Plan de Acción Comunal de Cambio Climático debe ser aprobado por el Concejo Municipal, pues la ley se refiere a la municipalidad como alcalde y concejo, y ese plan incide en planes, programas y ordenanzas que requieren acuerdo del Concejo.

Todos los pronunciamientos sobre Alcalde y Concejo Municipal

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre municipalidades, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre municipalidades

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium