Contraloría General de la República · N° 020170N16
Dictamen N° 20.170, de 15 de marzo de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 20.170 Fecha: 15-III-2016 Doña Leonor Castillo Díaz, funcionaria del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, solicita determinar si le corresponde acceder al descanso postnatal extendido de 18 semanas que contempla el inciso cuarto del artículo 196 del Código del Trabajo, atendido el nacimiento prematuro de la nieta que mantiene bajo su cuidado personal. Requerido, dicho organismo cumplió con remitir los antecedentes respectivos. Cabe recordar que el inciso final del artículo 89 de la ley N° 18.834 establece, en lo pertinente, que todo funcionario tendrá derecho a las prestaciones y beneficios de protección a la maternidad, de acuerdo a las disposiciones del Título II, del Libro II, del Código del Trabajo. Por su parte, el artículo 195 de ese Código -inserto dentro del referido Título-, prevé, en lo que interesa, que las trabajadoras tendrán derecho a un descanso de maternidad de seis semanas antes del parto y doce semanas después de él, agregando que durante esos periodos queda prohibido el trabajo para ellas. El inciso tercero de dicha disposición establece las situaciones en las cuales el referido permiso corresponderá al padre del recién nacido o a quien tuviera la custodia del menor. Luego, el artículo 196 del mismo texto legal señala las circunstancias en las cuales dicho período postnatal pudiere tener una extensión mayor a las aludidas 12 semanas, indicando, en su inciso cuarto que cuando el parto se produjere antes de iniciada la trigésimo tercera semana de gestación, o si el niño al nacer pesare menos de 1.500 gramos, este descanso será de dieciocho semanas. Pues bien, de los antecedentes tenidos a la vista aparece que en el caso de la recurrente se verifican los presupuestos exigidos para extender dicho período a 18 semanas, de acuerdo con la norma aludida en el párrafo anterior. Transcríbase a doña Leonor Castillo Díaz. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 020170N16, de 15 de marzo de 2016.
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