Contraloría General de la República · N° E561875N24
Dictamen N° E561875, de 7 de noviembre de 2024
Sumario
La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba el convenio modificatorio N°3 del estudio de puentes, pues la documentación adjunta no subsana todas las observaciones: hay discrepancias en el número de puentes, falta el monto definitivo y el presupuesto final.
Texto del pronunciamiento
N° E561875 Fecha: 07-XI-2024 Esta Contraloría General nuevamente no ha dado curso al instrumento del epígrafe, que aprueba convenio ad-referéndum modificatorio N°3 del "Estudio de Diagnóstico de Puentes e Implementación Sistema de Gestión para Conservación Etapa II”, previamente representado por el oficio No E465044 de 2024, por cuando lo señalado en la minuta de 11 de octubre de 2024, suscrita por la Jefa de Departamento de Administración y Gestión de Contratos, y sus antecedentes adjuntos, no permiten subsanar todas las observaciones realizadas. En efecto, el punto 2 del documento “Minuta N° 1 Respuestas Inspector Fiscal”-que carece de data y de suscripción- adjunto a la minuta de la jefatura señalada, explica las razones de la disminución de 159 puentes, sin embargo, la cláusula segunda del convenio alude a 157. Además, y atendido que para el cabal entendimiento del convenio se requiere la explicación que se ha exigido precedentemente, resulta necesario que ella sea mencionada expresamente en el acto o incorporada al mismo. Por otra parte, ninguna cláusula consigna el monto definitivo de la consultoría, luego de la modificación, ni el acto examinado contiene un resuelvo relativo a la disminución, presupuesto final ni cronograma actualizado que refleje los plazos de la primera tabla de la cláusula segunda. Por último, se omite el envío del estado de pago N° 10, citado en el punto 2.2.5 de la referida minuta N° 3. Saluda atentamente a Ud. POR ORDEN DE LA CONTRALORA GENERAL DE LA REPÚBLICA JUAN CARLOS LILLO VALENZUELA Subjefe de División
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E561875N24, de 7 de noviembre de 2024.
Más sobre Asesoría a la Inspección Fiscal y Estudios
-
La Contraloría concluye que el atraso en la entrega del informe final es imputable al consultor, pues solo se entiende cumplida la etapa con una versión que cumpla las exigencias técnicas, por lo que no formula reparos a la multa aplicada.
-
La Contraloría toma razón del instrumento que regulariza lo obrado y aprueba el convenio modificatorio del contrato de asesoría a la inspección fiscal, ordenando al Ministerio adoptar medidas para dictar sus actos oportunamente, dado el evidente retraso.
-
La Contraloría toma razón del instrumento que regulariza y aprueba el convenio ad referéndum N° 5 de asesoría a la inspección fiscal, ordenando a la Dirección adoptar medidas para que los actos que aprueben convenios se emitan oportunamente, dado el evidente retraso.
Todos los pronunciamientos sobre Asesoría a la Inspección Fiscal y Estudios
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Obras Públicas y Concesiones, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Obras Públicas y Concesiones¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.