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Contraloría General de la República · N° 072011N12

Dictamen N° 72.011, de 19 de noviembre de 2012

Texto del pronunciamiento

N° 72.011 Fecha: 19-XI-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al automóvil fiscal RP-2782, conducido por su funcionario, señor Simón Oliver Parra Reyes, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que de los antecedentes acompañados, aparece que con fecha 31 de agosto de 2011, ese empleado permanecía con el citado automóvil detenido en la berma de la Ruta 5 Sur, próximo a la salida del Túnel Angostura, en la comuna de Paine, adoptando un procedimiento policial, instante en el cual es chocado por un camión particular que se desplazaba por esa vía, cuyo chofer, al percatarse tardíamente de la reducción de velocidad de un vehículo que le antecedía, efectúa una maniobra de frenado, perdiendo el control de su móvil, lo que el Departamento de Investigación de Accidentes en el Tránsito, en su oficio N°141, de 2011, estableció como causa del accidente, efectuándose la denuncia ante el Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna. Los daños producidos al patrimonio fiscal, según el certificado N° 232, de 2012, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $2.600.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Simón Oliver Parra Reyes, por los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-2782; ello es, por cierto, sin perjuicio, de la eventual responsabilidad infraccional que pudiere asistirle al servidor en el hecho descrito. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 072011N12, de 19 de noviembre de 2012.

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