Contraloría General de la República · N° 004582N19
Dictamen N° 4.582, de 13 de febrero de 2019
Texto del pronunciamiento
N° 4.582 Fecha: 13-II-2019 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del epígrafe, que regulariza lo obrado y aprueba convenios ad - referéndum Nos 1, 2 y 3, relativos al contrato de “Diseño de Obras Fluviales río Copiapó en sector urbano y obras de control aluvional quebrada Cerrillos, comuna de Tierra Amarilla, Región de Atacama”, por cuanto las razones esgrimidas en la minuta técnica suscrita por la Inspectora Fiscal, en el convenio N° 2 resultan insuficientes para justificar el aumento de plazo en la etapa N° 2, si se tiene presente lo dispuesto en la letra f) y g) del artículo 12 del Convenio que aprueba el contrato, en lo que se refiere a la improcedencia de modificar los plazos en caso de que se trate de observaciones no atendidas por el consultor. Lo anterior, ya que del documento revisión de antecedentes etapa 2 se advierte que hay cuatro observaciones reiteradas sin que se haya podido determinar si fueron subsanadas. Luego, en relación a igual convenio, cuadro N° 3-C, contenido en el punto 3.3, referente al programa de trabajo de las etapas ambientales, los plazos indicados para el desarrollo de las etapas ambientales Nos 3 y 4 allí consignados -30 y 30- son diversos a los del convenio original -50 y 65-, sin que se aprecie que hayan sido modificados. Además, debe tenerse ello en consideración a fin de precisar los inicios y los plazos totales de cada tipo de estudio comprendido en la presente consultoría, tanto en el en el convenio N° 2 como del N° 3. Enseguida, en el resuelvo 4°, acápite “justificación aumentos de plazo”, de la minuta de justificación que se transcribe, se consigna que la fecha de término después de la modificación N° 2, a la que sirve de fundamento, corresponde al 02/06/2018, en circunstancias que los cuadros contenidos en el convenio N° 2 establecen que la fecha de finalización es el 1 de agosto de 2018. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República División de Infraestructura y Regulación Subjefe de División
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 004582N19, de 13 de febrero de 2019.
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