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Contraloría General de la República · N° 089411N16

Dictamen N° 89.411, de 13 de diciembre de 2016

Texto del pronunciamiento

N° 89.411 Fecha: 13-XII-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Dirección de Vialidad, región de La Araucanía, solicitando la reconsideración del oficio N° 95.823, de 2015, de este origen, mediante el cual se representó la resolución N° 49, de 2015, de esa entidad, que dejaba sin efecto su resolución N° 24, de 2015 -representada a su vez por la Contraloría Regional de La Araucanía, mediante el oficio N° 3.903, de 2015-, y regularizaba el pago de mayores gastos generales en el marco del contrato “Conservación Red Comunal Camino Mahuidanche - Misión Inglesa - Convenio Quepe - Pelales, sector Km 0,00 km 7,979 comuna de Freire, Provincia de Cautín”. Sobre el particular, cumple con manifestar que para el cabal examen de la petición de que se trata resulta indispensable que la resolución a que se refiere sea ingresada al trámite de toma de razón, lo que no ha acontecido en la especie. Asimismo, es menester que desarrolle, con referencia a antecedentes específicos, los elementos que en su concepto permitirían entender subsanadas las observaciones formuladas por esta Contraloría General. En tales condiciones, se restituye a esa Dirección la carpeta adjunta, a fin de que -como expresó en su oficio N° 1.869, de 2016- reingrese a control preventivo de juridicidad la mencionada resolución con los antecedentes del caso, lo cual atendido el tiempo transcurrido y lo dispuesto en los oficios N os 29.819, 44.452 y 57.417, todos de 2016 y de este Organismo de Control, deberá efectuar en el plazo de 5 días hábiles contados desde la recepción de este oficio. Lo anterior, bajo el apercibimiento previsto en el inciso tercero del artículo 9° de la ley N° 10.336, norma según la cual la falta de observancia oportuna de los requerimientos de esta Institución Fiscalizadora que soliciten información o impartan instrucciones, podrá dar lugar a la suspensión, sin goce de remuneraciones, del o los funcionarios responsables hasta que se subsane tal omisión. Transcríbase a la Dirección de Vialidad y a la Contraloría Regional de La Araucanía. Saluda atentamente a Ud. Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 089411N16, de 13 de diciembre de 2016.

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