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Contraloría General de la República · N° 012635N11

Dictamen N° 12.635, de 1 de marzo de 2011

Texto del pronunciamiento

N° 12.635 Fecha: 1-III-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Eugenia Carvajal Lucero, asistente de la educación, de la Municipalidad de Santiago, manifestando su disconformidad con la evaluación que a su respecto realizó esa entidad edilicia, atendido los argumentos de mérito que expresa. Como cuestión previa, cabe entender que la calificación a que alude la peticionaria es aquella a que se refiere el artículo 3° de la ley N° 20.244 -que introduce modificaciones en la ley N° 19.464-, que otorga al personal asistente de la educación que se desempeñe en los establecimientos educacionales administrados directamente por las municipalidades, entre otros, un bono anual vinculado a los resultados de la aplicación de un sistema de evaluación de desempeño. Precisado lo anterior, es menester señalar que atendido que en la especie, la alegación formulada por la recurrente versa sobre la valoración insuficiente de su desempeño laboral, esta Contraloría General debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado, ya que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 B de la ley N° 10.336, esta Entidad Fiscalizadora no puede evaluar los aspectos de mérito o de conveniencia de las decisiones políticas o administrativas (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s. 49.009, de 2009, y 7.655, de 2010). Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 012635N11, de 1 de marzo de 2011.

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