Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 043708N10

Dictamen N° 43.708, de 3 de agosto de 2010

Texto del pronunciamiento

N° 43.708 Fecha: 3-VIII-2010 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al furgón fiscal Z-4047, de cargo de la 15ª Comisaría Buin, conducido por el funcionario de esa institución policial, señor José Guzmán Herrera, a objeto de que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con las atribuciones que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil del servidor antes individualizado. Sobre el particular, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 5 de abril de 2009, mientras el aludido empleado, como conductor del referido furgón, efectuaba un patrullaje preventivo por la calle Arturo Prat de la comuna de Buin, al llegar al cruce con la calle José Joaquín Pérez fue colisionado por el vehículo P.P.U. HK-7160, que circulaba en contra del sentido del tránsito, el que luego del accidente se dio a la fuga por la calzada lateral poniente de la Ruta 5 Sur, iniciándose su persecución, instante en el que dicho móvil particular adelanta a un automóvil que lo antecedía, el que a raíz de ello realiza una maniobra evasiva, lo que produce que colisione con el furgón policial. La causa basal del accidente, según el oficio N° 65, de 2009, del Departamento de Investigaciones de Accidentes en el Tránsito, adjunto a fojas 43 y siguientes del expediente, fue que el conductor del vehículo P.P.U. HK-7160 al darse a la fuga, efectúa una maniobra de adelantamiento a otro automóvil particular, perdiendo el control del móvil, desviando su trayectoria hacia la derecha, chocando con un inmueble; luego, el segundo vehículo particular colisiona al furgón policial. Tal situación produjo un perjuicio al patrimonio fiscal que de acuerdo con el Certificado N° 228, de 2009, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos del Departamento de Transportes, que rola a fojas 136 y siguientes de autos, ascendió a la suma de $934.180, siendo el bien siniestrado reparado y dado de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de los bienes que administre o custodie un funcionario, al término del sumario que para estos efectos se incoare, en la medida que, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, se acredite que el extravío o detrimento de dichos bienes no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos indicados previamente, el infrascrito, haciendo uso de las atribuciones que le confiere el citado artículo 62, estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Carabinero señor José Guzmán Herrera, por los daños ocasionados en el vehículo fiscal Z-4047. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 043708N10, de 3 de agosto de 2010.

Más sobre Responsabilidad Civil y Exoneración

  • 1 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF186259

    La Contraloría concluye que, aunque no puede intervenir en asuntos litigiosos, sí puede pronunciarse sobre la responsabilidad administrativa ya conocida por tribunales; corresponde al Servicio de Salud Concepción evaluar los antecedentes y disponer, si procede, los sumarios pertinentes.

  • 29 de julio de 2026

    Dictamen N° D385

    Los trabajadores de corporaciones municipales que administren fondos públicos deben suscribir y mantener vigentes pólizas de fidelidad funcionaria, aunque no sean funcionarios públicos. Sobre los descuentos para financiarlas, corresponde resolver a la Dirección del Trabajo.

  • 27 de julio de 2026

    Dictamen N° OF141098

    La Contraloría concluye que el artículo 90 del Estatuto Administrativo obliga al servicio a asumir la defensa judicial del funcionario, no a reembolsarle gastos ya efectuados. En este caso no procede el reembolso porque el interesado no solicitó oportunamente esa defensa.

Todos los pronunciamientos sobre Responsabilidad Civil y Exoneración

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium