Contraloría General de la República · N° 025422N13
Dictamen N° 25.422, de 25 de abril de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 25.422 Fecha: 25-IV-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Eladio Salas Sepúlveda, funcionario del Servicio Agrícola y Ganadero, para consultar si su diploma de Técnico Universitario Agrícola, otorgado por la Universidad del Mar, es útil para percibir la asignación profesional. Requerida de informe la mencionada casa de estudios superiores manifestó, en síntesis, que el citado título reviste el carácter de profesional, cuyo plan de aprendizaje tiene una duración de seis semestres y 3.292 horas, en tanto que la División de Educación Superior del ministerio del ramo, no se pronunció sobre la petición de la especie. Sobre el particular, es dable recordar que, según el artículo 54, inciso séptimo, letra b), del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación, diploma profesional es el que se otorga a un egresado de un instituto profesional o de una universidad que ha aprobado un programa de estudios en los términos que expresa. Enseguida, cabe destacar que el artículo 3° del decreto ley N° 479, de 1974, concede el referido estipendio a los servidores de las entidades que indica, que, entre otros requisitos, tengan un título profesional conferido por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, cuyo proyecto de enseñanza posea un mínimo de seis semestres académicos y 3.200 horas de clases. En consecuencia, en virtud de lo expuesto, es dable concluir que el diploma en estudio es útil para acceder al beneficio en consulta. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 025422N13, de 25 de abril de 2013.
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