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Contraloría General de la República · N° 031211N11

Dictamen N° 31.211, de 17 de mayo de 2011

Texto del pronunciamiento

N° 31.211 Fecha: 17-V-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General don René Reyes Robles, ex funcionario de la Policía de Investigaciones, para solicitar, por las razones que expone, un pronunciamiento que establezca el derecho que le habría asistido para ascender al grado de Subcomisario, antes de su cese de funciones, pues, en su opinión, al momento de concretarse tal promoción cumplía con las exigencias fijadas para ello. Requerido su informe, el mencionado organismo policial ha manifestado, en síntesis, que a la data de ordenarse la promoción de que se trata, esto es, el día 28 de marzo de 2007, no se consideró al interesado, por cuanto en esa época no se encontraba en servicio, situación que impedía ascenderlo. Sobre el particular, cabe destacar que la posibilidad de alcanzar por la vía del ascenso el grado jerárquico superior, constituye una mera expectativa, que sólo se concreta en el momento en que la autoridad dispone la promoción correspondiente, a través del respectivo acto administrativo que así lo ordene, tal como se informó en los dictámenes N os 5.717, de 1984 y 14.594, de 2005, de este origen, entre otros. Ahora bien, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece, por una parte, que mediante el decreto N° 23, de 2007, del Ministerio de Defensa Nacional, se dispuso el retiro absoluto del señor Reyes Robles, a contar del 23 de marzo de dicho año y, por la otra, que la promoción de que se trata, se efectuó por el decreto N° 48, de 28 de marzo de la misma anualidad, data, esta última, en la que el recurrente ya no pertenecía a la referida institución policial. De esta manera, atendido que el peticionario cesó en funciones con anterioridad a la data en que se dispuso el ascenso que nos ocupa, cabe señalar que éste constituyó para él una mera expectativa, que acorde con el criterio contenido en los dictámenes N os 22.343, de 1989 y 61.186, de 2006, entre otros, de esta Contraloría General, no puede materializarse con posterioridad a su desvinculación, toda vez que la promoción, en cuanto medio de provisión de empleos públicos, sólo favorece a quienes tienen la calidad de funcionarios en servicio activo a la fecha en que aquélla se ordena. En consecuencia, es dable concluir que el señor René Reyes Robles no tuvo derecho al ascenso que reclama. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 031211N11, de 17 de mayo de 2011.

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