Contraloría General de la República · N° 065147N10
Dictamen N° 65.147, de 2 de noviembre de 2010
Texto del pronunciamiento
N° 65.147 Fecha: 02-XI-2010 Esta Contraloría General ha dado curso al decreto N° 384, de 2010, del Ministerio de Educación, mediante el cual se aprueba un convenio suscrito entre dicho Ministerio y la I. Municipalidad de Santiago, por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que entiende que los recursos que se transfieren por este instrumento son para el pago de las rentas de las prórrogas de los contratos de arrendamiento de inmuebles, suscritos entre esa Corporación Edilicia y el Banco de Chile para el funcionamiento del Liceo de Aplicación, las que han sido dispuestas en conformidad a lo expresado en sus respectivas cláusulas terceras, y no para financiar nuevas convenciones, como aparece del texto del referido documento en examen. Atendido lo anterior, considerando que las referidas prórrogas operaron a partir del 1 de enero de 2010 y que el acto administrativo que dispone la transferencia de recursos para su financiamiento fue dictado el 22 de septiembre del mismo año, cabe manifestar que, en lo sucesivo, ese organismo deberá arbitrar las medidas pertinentes en orden a evitar una demora como la acontecida, tanto en la dictación como en la remisión de sus actos para el control preventivo de legalidad, toda vez que ella constituye una infracción a los principios de eficiencia, economía procedimental y celeridad, consagrados en los artículos 5° y 8° de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. Por último, es dable agregar que la suma que el Ministerio de Educación se obliga a traspasar en virtud de la letra b) de la cláusula cuarta, corresponde a $244.800.000, tal como se señala en cifras en el convenio que se sanciona, y no a la cantidad que se expresa en letras en dicho literal. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 065147N10, de 2 de noviembre de 2010.
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