Artículo 5 de la Ley 18.575 (LOCBGAE)
Qué dice el artículo
Artículo 5º.- Las autoridades y funcionarios deberán velar por la eficiente e idónea administración de los medios públicos y por el debido cumplimiento de la función pública. Los órganos de la Administración del Estado deberán cumplir sus cometidos coordinadamente y propender a la unidad de acción, evitando la duplicación o interferencia de funciones.
Texto oficial vigente al , según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 5 de diciembre de 1986 · promulgación: 12 de noviembre de 1986 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 17 de noviembre de 2001 · Última modificación: 15 de enero de 2024.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Demora de siete años en resolver reconsideración ante la Dirección General de Aguas
Rechaza la casación de la reclamante: aunque la Dirección General de Aguas tardó más de siete años, el interesado no usó el silencio negativo y la demora no anula el procedimiento.
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Patente por no uso de aguas de Libardon S.A. y exención por concesión sanitaria
Rechaza la casación de Libardon S.A.: contradice los hechos fijados y la certificación de la Superintendencia de Servicios Sanitarios no influiría, pues el listado 2025 usó datos al 31 de agosto de 2024.
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Cobros del contratista al SERVIU del Maule por la obra Conexión Lautaro-Villota-Argomedo
Rechaza el recurso del contratista: renunció expresamente a los mayores gastos generales por aumento de plazo y la partida de $241.908.409 cuyo pago pedía nunca se ejecutó.
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Nulidad de venta de predio sin autorización de la cónyuge y prescripción adquisitiva
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la demandante: no denunció las normas que deciden la nulidad, la reivindicación y la exclusión, y busca alterar los hechos fijados sobre la posesión.
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Modificación no autorizada de cauce: reconsideración tardía no causa decaimiento
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la minera: el plazo de 6 meses se mide hasta la resolución que sancionó, dictada 2 meses después de fiscalizar, no hasta la reconsideración.
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Renovación de patente de máquinas de destreza negada por la Municipalidad de Coyhaique
Rechaza la casación de la demandante por no denunciar normas reguladoras de la prueba; si las máquinas son de destreza debe declararlo la Superintendencia de Casinos y Juegos.
Se muestran los 10 más recientes de 183 fallos.
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