Contraloría General de la República · N° 065576N12
Dictamen N° 65.576, de 22 de octubre de 2012
Texto del pronunciamiento
N° 65.576 Fecha : 22-X-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados en el vehículo fiscal RP-1457, de cargo de la Subcomisaría Calera de Tango, de la 14ª Comisaría San Bernardo, conducido por el funcionario de esa institución policial, señor Charles Cuevas Salas, a objeto de que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con la atribución que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquél. Al respecto, cabe anotar que del examen de los antecedentes adjuntos, aparece que el día 9 de mayo de 2010, el aludido servidor, acompañado de otros empleados, concurrió en el referido móvil a la intersección de las calles Padre Hurtado con La Pólvora, en la comuna de Calera de Tango, a verificar una denuncia por consumo de alcohol y desórdenes en la vía pública, una vez en el lugar y, sin mediar provocación, fue agredido por los participantes en tales hechos, provocándole daños al citado vehículo. Los perjuicios ocasionados al patrimonio fiscal, según el presupuesto N° 265, de 2010, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, rolante a fojas 78 a 80 de autos, ascenderían a la suma de $200.000, determinando la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 299, de 2010, agregada a fojas 106 a 108 del expediente, dar de baja dicha especie. Ahora bien, es menester señalar que el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que al término del procedimiento que para estos efectos se incoare, se acredite que el detrimento o extravío de aquél no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, el infrascrito estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Cabo 2° de Carabineros, señor Charles Cuevas Salas, por los daños ocasionados en el automóvil policial RP-1457. Finalmente , e n lo que dice relación con los deterioros producidos al furgón fiscal Z-4441, conducido por don Pablo Cárdenas Antillanca, cuya exoneración de responsabilidad civil también se solicita, corresponde expresar que del estudio del proceso sumarial acompañado, consta que esa institución policial no incurrió en gastos derivados de los daños sufridos por ese móvil, atendida la escasa consideración de los mismos, motivo por el cual, y en armonía con lo informado en el dictamen N° 18.997, de 2011, de este origen, no resulta procedente que, respecto de este vehículo, el infrascrito haga uso de la facultad contenida en el mencionado artículo 62. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 065576N12, de 22 de octubre de 2012.
Más sobre Responsabilidad Civil y Exoneración
-
La Contraloría concluye que, aunque no puede intervenir en asuntos litigiosos, sí puede pronunciarse sobre la responsabilidad administrativa ya conocida por tribunales; corresponde al Servicio de Salud Concepción evaluar los antecedentes y disponer, si procede, los sumarios pertinentes.
-
Los trabajadores de corporaciones municipales que administren fondos públicos deben suscribir y mantener vigentes pólizas de fidelidad funcionaria, aunque no sean funcionarios públicos. Sobre los descuentos para financiarlas, corresponde resolver a la Dirección del Trabajo.
-
La Contraloría concluye que el artículo 90 del Estatuto Administrativo obliga al servicio a asumir la defensa judicial del funcionario, no a reembolsarle gastos ya efectuados. En este caso no procede el reembolso porque el interesado no solicitó oportunamente esa defensa.
Todos los pronunciamientos sobre Responsabilidad Civil y Exoneración
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.