Contraloría General de la República · N° 033027N10
Dictamen N° 33.027, de 18 de junio de 2010
Texto del pronunciamiento
N° 33.027 Fecha: 18-VI-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Helio Mauricio Tabilo Mondaca, ex funcionario de Carabineros de Chile, para solicitar un pronunciamiento que determine si la decisión de esa institución policial, en orden a rechazar su solicitud de reincorporación, se ajusta a derecho. Requerido su informe, el mencionado organismo ha manifestado, en síntesis, que el interesado solicitó su reintegro, petición que fue rechazada debido a que no aprobó el proceso de evaluación establecido al efecto. Sobre el particular, es dable señalar que el inciso primero del artículo 14 de la ley N° 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile, dispone que el personal de planta que se encuentre en situación de retiro temporal -condición en la que está el interesado- podrá reincorporarse por decreto supremo o por resolución de la Dirección General, según corresponda. En este contexto, la jurisprudencia administrativa contenida en los dictámenes N os 24.695, de 2004 y 54.132, de 2009, entre otros, informó que la reincorporación es una medida que puede disponer la autoridad llamada a extender el nombramiento, teniendo el ex empleado sólo la prerrogativa de pedirla, de manera que cualquiera sean las razones que haga valer, su aceptación o rechazo dependerá de las razones de servicio que esa jefatura pondere al momento de resolver la respectiva solicitud. Por consiguiente, la decisión adoptada por la Dirección General de Carabineros de Chile, en el ejercicio de la atribución que le asiste en la materia, en orden a no aceptar, por las razones que indica, la solicitud de reincorporación que formulara el señor Helio Mauricio Tabilo Mondaca, se encuentra ajustada a derecho. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 033027N10, de 18 de junio de 2010.
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