Contraloría General de la República · N° 036631N14
Dictamen N° 36.631, de 27 de mayo de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 36.631 Fecha: 27-V-2014 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución resolución N° 2, de 2014, de la Unidad de Análisis Financiero, mediante la cual se aprueba la modificación del contrato suscrito entre la Unidad de Análisis Financiero y la empresa ADEXUS S.A., relativo a la plataforma tecnológica del citado servicio, por encontrarse ajustada a derecho. Sin perjuicio de lo anterior, cabe manifestar que conforme con lo previsto en el contrato suscrito con fecha 22 de marzo de 2011, la ampliación señalada en el N° 2 de la cláusula cuarta del acuerdo de voluntades que ahora se aprueba, corresponde a la provisión de un servidor para IBM SPSS Modeler Premium Server, un SmartWorkflow Ckeckpoint y cinco PCs de escritorio, y no como allí se indica. Enseguida, cumple con hacer presente que, conforme a lo resuelto por la jurisprudencia administrativa de este Órgano de Control, contenida en los dictámenes N°s. 12.445, 28.718 y 29.685, todos de 2014, las enmiendas que se efectúen a los actos administrativos que hayan sido retirados del trámite de toma de razón y que posteriormente sean reingresados a dicha tramitación en esta Entidad, como ocurre en la especie, deben ser salvadas al margen de cada una de ellas mediante timbre y firma de la autoridad o ministro de fe competente, con el objeto de velar por la integridad y autenticidad del acto, y a fin de que exista constancia de que el jefe superior del respectivo Servicio dispuso o tomó conocimiento de las mencionadas enmiendas, lo que se ha omitido efectuar en esta oportunidad. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del documento en estudio. Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 036631N14, de 27 de mayo de 2014.
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