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Contraloría General de la República · N° 040319N11

Dictamen N° 40.319, de 28 de junio de 2011

Texto del pronunciamiento

N° 40.319 Fecha : 28-VI-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Paulina Alejandra Céspedes Pérez, funcionaria del Hospital de Urgencia Asistencia Pública, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Central, para consultar si procede que se le destine al sistema de cuarto turno, puesto que al reintegrarse al servicio se incorporó a un horario diurno, en el cual no puede cumplir su hora de lactancia, por las razones que expone. Requerido su informe, el aludido establecimiento hospitalario expresó, en síntesis, que la recurrente se desempeña en el Servicio de Medicina, en el cual inicialmente se había incorporado a cumplir funciones en horario diurno, pero a contar del 26 de mayo de 2011, se le asignaron funciones en el sistema de cuarto turno. Agrega que, además, se estableció, de conformidad con su solicitud, que en este nuevo horario laboral hará uso del beneficio que establece el Código del Trabajo para alimentar a su hijo menor de dos años, iniciando su jornada una hora más tarde. Sobre el particular, cabe anotar que la jurisprudencia administrativa de esta Entidad Fiscalizadora ha precisado, a través del dictamen N° 18.072, de 2011, entre otros, que el artículo 206 del Código del Trabajo -modificado por la ley N° 20.166-, aplicable a los servicios de la Administración del Estado en virtud de lo dispuesto en los artículos 89 de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, y 194 del referido Código, establecen que las trabajadoras tendrán derecho a disponer, a lo menos, de una hora al día, para dar alimento a sus hijos menores de dos años, el que podrá ejercerse, previo acuerdo con el empleador, en cualquier momento dentro de la jornada de trabajo, dividiéndolo, a solicitud de la interesada, en dos porciones, o postergando o adelantando en media hora, o en una hora, el inicio o término de la jornada de trabajo, el que se considerará para todos los efectos legales, como trabajado. En mérito de lo anteriormente expuesto, y de lo informado por el Servicio, es dable concluir que la situación que motivó la presentación de la especie, se encuentra solucionada. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 040319N11, de 28 de junio de 2011.

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