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Contraloría General de la República · N° E365687N23

Dictamen N° E365687, de 10 de julio de 2023

Sumario

La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la modificación del contrato de asesoría a la inspección fiscal de la Concesión Vial Ruta G-21, con alcances: se dictó con retraso y debe emitir oportunamente sus actos administrativos.

Texto del pronunciamiento

N° E365687 Fecha: 10-VII-2023 La Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba una modificación del contrato de “Asesoría a la Inspección Fiscal para la etapa de Construcción – Fase de Ingeniería de la obra: Concesión Vial Mejoramiento de la Ruta G-21”, pero cumple con precisar que el documento en examen ha sido dictado con retraso, toda vez que data del 20 de junio de 2023, en circunstancias que el convenio que aprueba es de 10 de diciembre de 2022. Atendido lo expuesto, en lo sucesivo, ese servicio deberá adoptar las medidas que sean necesarias a fin de que los actos administrativos sean emitidos oportunamente, tal como se ha sostenido reiteradamente por este Organismo de Control, entre otros, en los dictámenes N°s 19.153 y 19.835, ambos de 2018, 26.975 y 31.831, ambos de 2019, 9.264 y E29232, ambos de 2020, E108683 y E120423, ambos de 2021, E242457 y E264341, ambos de 2022, y E295644 y E361090, ambos de 2023, todos de este origen, respecto de acuerdos similares. Adicionalmente, y como también se ha expresado en forma reiterada -entre otros, en el ya citado dictamen N° E361090, de 2023-, el acto administrativo que aprueba la reprogramación de recursos estipulada, ha debido dictarse oportunamente, de modo tal que el control previo de juridicidad que se lleve a cabo, pueda efectuarse de forma eficaz y no se refiera a situaciones jurídicas consolidadas, lo que ocurre en la especie, atendida la época en que incide la modificación, y que la prórroga que se aprueba terminó el 18 de abril pasado. Por último, en lo meramente formal, cabe señalar que las resoluciones N°s 73 y 20, ambas de esa dirección, indicadas en los vistos cuarto y sexto del acto administrativo en examen, son de fechas 17 de agosto de 2021 y 31 de marzo de 2022, respectivamente, y no como allí se consigna. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo de la suma. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Jefe de División

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° E365687N23, de 10 de julio de 2023.

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