Contraloría General de la República · N° 072905N13
Dictamen N° 72.905, de 11 de noviembre de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 72.905 Fecha: 11-XI-2013 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución N° 308, de 2013, del Fondo Nacional de Salud, mediante la cual se aprueba el convenio suscrito con la entidad que en él se indica, para la compra de prestaciones de servicios de salud “día cama hospitalización integral”, por encontrarse ajustada a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que de acuerdo con el principio de estricta sujeción a las bases y a lo dispuesto en la cláusula décimo quinta de los contratos que se vienen sancionando -sobre instrumentos que integran la relación contractual-, debe entenderse que las multas reguladas en la letra c) de la cláusula octava de cada acuerdo de voluntades, se aplican tanto a los incumplimientos de los servicios como a las infracciones a los requerimientos dispuestos en las bases técnicas, de conformidad con lo previsto en la letra c) del N° 12 de las condiciones administrativas del concurso, aspecto este último que se ha omitido señalar en la aludida estipulación. Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del acto administrativo en estudio. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 072905N13, de 11 de noviembre de 2013.
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