Contraloría General de la República · N° 085230N13
Dictamen N° 85.230, de 27 de diciembre de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 85.230 Fecha: 27-XII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el alcalde de la Municipalidad de El Bosque, informando sobre el cumplimiento del dictamen N° 40.105, de 2013, de este origen, que se pronunció acerca del término anticipado de la prestación de servicios a honorarios que existía entre ese municipio y la señora Cecilia Vargas Lagos, docente, contratada para realizar tareas como pedagoga con cargo a los fondos de la ley N° 20.248, sobre Subvención Escolar Preferencial. Al respecto, cabe señalar que el anotado pronunciamiento concluyó, que atendido que la señora Vargas Lagos es educadora y que desempeñaba funciones docentes, su vínculo laboral debió regirse por la ley N° 19.070, Estatuto de los Profesionales de la Educación, por lo que dicho municipio debía regularizar su situación funcionaria otorgándole todos los derechos y beneficios pecuniarios que le habrían correspondido de haber sido contratada en virtud de ese cuerpo legal. Pues bien, la aludida municipalidad informa que pagó a la interesada en el mes de julio de 2013, la suma de $310.479, bajo el concepto de “devolución de remuneraciones”, monto que comprende los ítems de remuneración básica mínima nacional; asignación de experiencia; asignación de desempeño difícil, y bonificación proporcional, equivalente a 4 horas desde diciembre de 2012 a febrero de 2013. En ese contexto, cumple anotar que de la liquidación de remuneraciones acompañada por el municipio, de 6 de agosto de 2013, aparece que efectivamente se enteró a la profesora la cantidad indicada, lo que se ajusta parcialmente a lo manifestado en el referido dictamen N° 40.105, de 2013, toda vez que dicha entidad edilicia debía regularizar la designación de la funcionaria bajo la normativa de la ley N° 19.070, desde la data de inicio del contrato -1 de marzo de 2012-, otorgándole los derechos y demás beneficios pecuniarios que le habrían correspondido de haber sido contratada en virtud de este último texto legal, todo lo cual no consta en la especie. Por tanto, en mérito de lo expuesto, esta Contraloría General se abstiene, por ahora, de emitir un pronunciamiento sobre el cumplimiento del dictamen N° 40.105, de 2013, debiendo la Municipalidad de El Bosque normalizar la situación funcionaria de la docente en cuestión desde el inicio de sus servicios, indicando los conceptos que integran su remuneración, y acompañar toda la documentación que sea pertinente, de lo que informará a este Órgano Fiscalizador dentro del plazo de 15 días, contado desde la recepción del presente oficio. Lo anterior, dado que tal como se manifestara en el dictamen N° 44.747, de 2009, el sistema de remuneraciones de los profesionales de la educación del sector municipal reviste un carácter complejo, atendida no solo la multiplicidad de conceptos que lo integran sino, también, la variabilidad de dicha remuneración de un docente a otro, toda vez que los estipendios que cada uno percibe dependen del mérito, condiciones o requisitos que para ello se exigen y del municipio en el que se desempeñen. Transcríbase a la señora Vargas Lagos y a la Unidad de Seguimiento de la División de Municipalidades de esta Contraloría General. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 085230N13, de 27 de diciembre de 2013.
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