Contraloría General de la República · N° 003704N13
Dictamen N° 3.704, de 17 de enero de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 3.704 Fecha: 17-I-2013 La Contraloría General ha debido abstenerse nuevamente de dar curso a la resolución N° 34, de 2012, del Serviu Metropolitano, que aprueba la liquidación del contrato de las obras de “Habilitación Corredor Transporte Público Avenida Las Industrias, Tramos 1, 2, 3 y 4 (Sector 2)”, comunas de Santiago, San Joaquín y La Granja, por cuanto no se han subsanado íntegramente las observaciones formuladas mediante el oficio N° 61.724, de 2012, de este Organismo de Control, no obstante lo manifestado por ese servicio en su oficio N° 10.408, del presente año. Ello, por cuanto el cálculo de la multa por concepto de incumplimiento del Índice de Regularidad Internacional -IRI-, se aparta del procedimiento específico establecido para el efecto en las especificaciones técnicas del contrato, toda vez que no considera el valor total del pavimento como se establece en el punto 4 de las bases técnicas, sin que resulte atendible lo señalado por esa repartición en el citado oficio N° 10.408, en cuanto a que solo se debe considerar la colocación del pavimento, dado que el mismo supone que previamente se haya suministrado el material que lo compone. Por otra parte, la evaluación de las multas que en esta oportunidad se acompaña, consigna valores individuales para el Índice de Regularidad Internacional que superan el máximo aceptable de 2,8 m/km previsto en las bases técnicas de pavimentación en hormigón que rigieron la licitación. Sin embargo, no consta que el contratista haya efectuado las reparaciones necesarias para que el valor de este indicador se ajuste al límite máximo señalado o que se le haya multado con el 100% del valor del pavimento en los tramos en que se incurrió en dicho incumplimiento, de acuerdo al punto 4 de las citadas bases. Sin perjuicio de lo anterior, se observa que la planilla de cálculo IRI, que se adjunta, consigna errores en la determinación de los precios unitarios de las partidas en las aéreas afectas a multas en los tramos 1 Carmen, entre Curicó e Isabel Riquelme, y el tramo 3 Isabel Riquelme, Carmen, Sierra Bella y Carlos Valdovinos, como asimismo en el tramo 4 sector 2, Las Industrias entre Lo Ovalle y Yungay. Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 003704N13, de 17 de enero de 2013.
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