Contraloría General de la República · N° 018408N12
Dictamen N° 18.408, de 30 de marzo de 2012
Texto del pronunciamiento
N° 18.408 Fecha: 30-III-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Natalia Andrea Ayala Muñoz, funcionaria de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, para solicitar un pronunciamiento que determine si la carrera de Trabajo Social impartida por el Instituto Profesional AIEP, le otorgaría el derecho a percibir asignación profesional. Como cuestión previa, cabe señalar que esta Entidad de Control entiende que la petición de la interesada está dirigida a establecer si una vez obtenido el diploma de Trabajador Social, conferido por el citado plantel educacional, se encontraría habilitada para percibir el mencionado beneficio económico. Sobre el particular, es dable manifestar que según la letra b) del artículo 54 del D.F.L. N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación, título profesional es el que se otorga a un egresado de un instituto profesional o de una universidad que ha aprobado un programa de estudios en los términos que indica. Ahora bien, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que el citado Instituto Profesional imparte la carrera de Trabajo Social, bajo diversas modalidades de estudios, otorgando -en lo que interesa-, a quienes aprueban una malla curricular de ocho semestres, el título profesional de Trabajador Social, por el que se consulta en la especie. Enseguida, en cuanto al derecho a gozar de la asignación profesional, cabe señalar que de acuerdo con lo previsto en el artículo 3° del decreto ley N° 479, de 1974, modificado por el artículo 8°, de la ley N° 19.699, aquélla favorece a los funcionarios de las entidades que indica y que, entre otros requisitos, tengan un título profesional otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, con un programa de estudios de un mínimo de seis semestres académicos y 3.200 horas de clases. De esta manera, en mérito de lo expuesto, cabe concluir que el diploma de Trabajador Social, otorgado por el Instituto Profesional AIEP, reviste el carácter de profesional y habilita a quienes lo posean para percibir la asignación profesional, en la medida, por cierto, que se cumplan los demás requisitos legales establecidos al efecto. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 018408N12, de 30 de marzo de 2012.
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