Contraloría General de la República · N° 068614N11
Dictamen N° 68.614, de 28 de octubre de 2011
Texto del pronunciamiento
N° 68.614 Fecha: 28-X-2011 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al vehículo fiscal RP-2178, de cargo de la 47 a Comisaría Los Domínicos, conducido por el funcionario de esa institución policial, señor Miguel Alberto Armijo Herrera, a objeto que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con las atribuciones que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquél. Al respecto, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 20 de enero de 2011, el aludido funcionario, junto con otro servidor, se desplazaba en el referido móvil por la calle Camino El Alba, en dirección al poniente y al llegar a la intersección con la calle Waterloo, en la comuna de Las Condes, se detuvo al enfrentar la luz roja del semáforo existente en ese cruce, instante en el cual fue colisionado en su parte posterior por un vehículo particular que transitaba por la primera calle mencionada. La situación descrita produjo un perjuicio al patrimonio fiscal que, según el certificado N° 104, de 2011, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, dependiente del Departamento de Transportes, que rola de fojas 70 a 73 de autos, ascendió a la suma de $202.875, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, es menester expresar que el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de los bienes que administre o custodie un funcionario, al término del sumario que para estos efectos se incoare, en la medida que, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, se acredite que el extravío o detrimento de dichos bienes no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, la infrascrita, haciendo uso de las atribuciones que le confiere el citado artículo 62, estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Carabinero, señor Miguel Alberto Armijo Herrera, por los daños ocasionados en el vehículo fiscal RP-2178. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 068614N11, de 28 de octubre de 2011.
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