Contraloría General de la República · N° 069386N14
Dictamen N° 69.386, de 8 de septiembre de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 69.386 Fecha: 08-IX-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-3177, conducido por su funcionario, señor Ángelo Gamalier Alegría Montecino, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe señalar que del examen de la documentación adjunta, aparece que el día 12 de agosto de 2012, ese servidor se desplazaba en el referido móvil por calle Divino Maestro, y al ingresar a la intersección con calle El Mirador, en la comuna de Cerrillos, colisionó con una camioneta particular, sin que el Departamento de Investigación de Accidentes en el Tránsito, en su oficio N° 174, de 2012, pudiese establecer cuál de los participantes accedió al cruce de vías enfrentando luz roja del semáforo, practicándose la denuncia ante la Fiscalía Local Maipú. Los daños ocasionados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 314, de 2013, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $3.199.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, no se encuentra fehacientemente acreditado que el perjuicio al patrimonio fiscal sea consecuencia de un actuar imprudente del señor Ángelo Gamalier Alegría Montecino, se ha estimado, acorde con lo concluido en el dictamen N° 33.128, de 2014, de este origen, procedente exonerarlo de responsabilidad civil por los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-3177; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal o infraccional que pudiere asistirle al interesado en el hecho descrito. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 069386N14, de 8 de septiembre de 2014.
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