Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 010008N11

Dictamen N° 10.008, de 16 de febrero de 2011

Texto del pronunciamiento

N° 10.008 Fecha: 16-II-2011 La Dirección del Trabajo ha remitido una presentación de don Héctor Gómez Mesina y de doña Nora Zapata Tapia, ex profesionales de la educación de la Municipalidad de Navidad, solicitando, en primer término, un pronunciamiento acerca de la compatibilidad entre la indemnización establecida en el artículo 2° transitorio de la ley N° 19.070 -Estatuto de los Profesionales de la Educación-, y la bonificación por retiro voluntario prevista en el artículo 2° transitorio de la ley N° 20.158. En relación con la compatibilidad entre los beneficios previstos en los artículos 2° transitorios de las leyes N°s. 19.070 y 20.158, cumple con remitir fotocopia del dictamen N° 8.156, de 2011, que se refiere a la materia aludida en su petición. Luego, acerca del pago de remuneraciones correspondientes a los meses de enero y febrero de 2009, por aplicación del artículo 41 bis de la ley N° 19.070, considerando que se desempeñaron en el municipio hasta el 29 de diciembre de 2008, cumple con remitir fotocopia del dictamen N° 39.470, de 2008, que concluyó que sólo les corresponde el pago de estipendios hasta la fecha en que se puso a su disposición el beneficio contemplado en el artículo 2° transitorio de la ley N° 20.158. Finalmente, en lo que atañe al pago del bono extraordinario de excedentes a que alude el artículo 9°, inciso tercero de la ley N° 19.933, cumple con manifestar que este Organismo Contralor se pronunció sobre la materia consultada por el dictamen N° 44.747, de 2009 -disponible con sus respectivas planillas en nuestro sitio web www.contraloria.cl , en el link “documentos de interés”-, del cual se infiere que el aludido bono procede sólo en el caso de que existan excedentes, conforme la comparación prevista en el artículo 9° de la ley N° 19.933, cálculo que debe efectuar cada municipio de acuerdo con su propia dotación docente, y cuyo pago corresponde a los profesionales que la integren a diciembre de los años 2007, 2008, 2009 y 2010 -según lo dispuesto en el N° 7 de la página 39-. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 010008N11, de 16 de febrero de 2011.

Más sobre Estatuto Docente

  • 29 de septiembre de 2026

    Dictamen N° OF184066

    La Contraloría concluye que las 3 horas semanales de trabajo colaborativo del PIE cuentan para la titularidad de la ley N° 21.176, por formar parte de la función docente, y ordena a la Municipalidad de Pucón reconocerlas y pagar las adeudadas de marzo a mayo de 2025.

  • 29 de julio de 2026

    Dictamen N° D390

    La desvinculación de docentes del tramo inicial o temprano que no avanzan de tramo en dos procesos consecutivos debe hacerse efectiva desde el 1 de julio del año respectivo, tras la resolución que fija el tramo, y no al término del año escolar.

  • 9 de julio de 2026

    Dictamen N° OF131160

    El requisito del artículo 2° N° 1 de la ley N° 21.728 solo exige haberse desempeñado en un establecimiento traspasado, sin importar el mecanismo de salida. Concluye que la renuncia forzada seguida de contratación municipal el mismo día no impide acceder al aporte, pues no interrumpió el vínculo con el Estado.

Todos los pronunciamientos sobre Estatuto Docente

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre educación, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre educación

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium