Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 077607N13

Dictamen N° 77.607, de 27 de noviembre de 2013

Texto del pronunciamiento

N° 77.607 Fecha: 27-XI-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Juana Sandoval Cuevas, exfuncionaria de la Municipalidad de Renca, para consultar si tiene derecho a la bonificación de la ley N° 20.305, ya que por falta de información de parte de su exempleadora se produjo la tardanza en el término de sus labores, lo que le impidió acceder al beneficio en comento. Requerido su informe al aludido ente edilicio y al Servicio de Tesorerías, señalan, en síntesis, que la interesada cesó fuera del plazo que la citada ley prevé para tal efecto, por lo cual no tiene derecho a la prestación de que se trata. Sobre el particular, se debe precisar, que el artículo 2° de la ley N° 20.305 prevé que para tener derecho al bono postlaboral que ella establece, es necesario cumplir con una serie de requisitos copulativos, entre los que se encuentra el consignado en su N° 5, cual es, cesar en el cargo o terminar el contrato de trabajo, dentro de los 12 meses siguientes de cumplirse los 60 años de edad, en el caso de las mujeres. Siendo ello así, cabe expresar que, de acuerdo con los antecedentes adjuntos, la recurrente cumplió los 60 años el 5 de marzo de 2010, pero terminó sus labores a contar del 30 de abril de 2011, por lo que es dable concluir que la señora Sandoval Cuevas, no tiene derecho al beneficio en estudio. En lo que se refiere a la falta de información que hace presente la interesada por parte de la aludida municipalidad, acerca de las condiciones para obtener el bono en análisis, corresponde indicar que dicha circunstancia no constituye una excepción que permita soslayar los requisitos exigidos por el mencionado texto legal, puesto que acorde con lo establecido en el artículo 8° del Código Civil, nadie puede alegar ignorancia de la ley después de que ésta haya entrado en vigencia. Transcríbase a la Municipalidad de Renca y a la Tesorería General de la República. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 077607N13, de 27 de noviembre de 2013.

Artículos que cita

Más sobre Bonificaciones por Retiro y Bono Post Laboral

  • 29 de julio de 2026

    Dictamen N° D387

    La Contraloría concluye que la Secretaria Técnica del Consejo de Alta Dirección Pública, aunque formalmente de exclusiva confianza, puede recibir las bonificaciones por retiro de las leyes N° 19.882 y N° 20.948, aplicando una excepción a la regla general, por sus rasgos de estabilidad y continuidad.

  • 28 de julio de 2026

    Dictamen N° D369

    La Contraloría concluye que no es ajustado a derecho que la Corporación Municipal de La Florida celebre acuerdos para calcular la bonificación por retiro voluntario de la ley N° 20.919 usando las remuneraciones a la fecha de término de la relación laboral, pues la ley exige el promedio de los doce meses anteriores a la renuncia voluntaria.

  • 25 de junio de 2026

    Dictamen N° D338

    La Contraloría concluye que la exfuncionaria no puede acceder al incentivo al retiro de la ley N° 21.135 porque falleció antes de que se produjera el cese por invalidez, por lo que el beneficio no entró a su patrimonio y no es heredable.

Todos los pronunciamientos sobre Bonificaciones por Retiro y Bono Post Laboral

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Previsión Social, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Previsión Social

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium