Contraloría General de la República · N° 030540N15
Dictamen N° 30.540, de 20 de abril de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 30.540 Fecha : 20-IV-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor José Martínez Martínez, exfuncionario de la Armada, solicitando el pago de la asignación de máquina que, en su opinión, se le adeudaría por el período comprendido entre los años 1986 y 2009. En su informe, el mencionado organismo manifestó, en síntesis, que el interesado no cumplió con los requisitos necesarios para disfrutar de dicho beneficio económico. Sobre el particular, cabe indicar, de conformidad con lo previsto en el artículo 185, letra d), del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, que gozarán de la referida asignación los empleados que en razón del desarrollo de sus funciones deban operar un computador. Al respecto, es dable expresar que este Órgano de Control, a través de sus dictámenes N os 38.399, de 2011 y 37.633, de 2014, entre otros, precisó que el emolumento de que se trata, procede cuando se utiliza de forma permanente y exclusiva un computador, resultando una tarea necesaria e indispensable para su labor diaria, no siendo exigible su pago en situaciones en que éste se ocupe de manera secundaria o complementaria de otros cometidos principales, correspondiéndole a la Administración activa verificar la concurrencia de las circunstancias anotadas y, por ende, ponderar su otorgamiento. Ahora bien, dado que la Armada ha manifestado que el señor Martínez Martínez durante su desempeño utilizó un computador como un medio de apoyo de la actividad principal que desarrollaba, cabe concluir que no le asiste el derecho a percibir la asignación de máquina que reclama. Finalmente, en relación a los servidores que gozarían del emolumento en análisis sin observar las exigencias para tal efecto, cabe señalar, por una parte, que el recurrente no acompaña ningún antecedente, aparte de su afirmación, que permita deducir o inferir la veracidad de sus dichos y, por otra, que según lo sostenido por la aludida entidad castrense, ello no sería efectivo, puesto que en el año 2008, se regularizó el otorgamiento de ese estipendio, disponiendo su pago sólo respecto de los funcionarios que cumplan con las condiciones antes anotadas. Transcríbase a la Armada. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 030540N15, de 20 de abril de 2015.
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