Contraloría General de la República · N° 031268N10
Dictamen N° 31.268, de 11 de junio de 2010
Texto del pronunciamiento
N° 31.268 Fecha: 11-VI-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Carlos Pérez Nettle, reclamando en contra de la Municipalidad de Independencia, ya que ésta no le habría proporcionado, aun cuando lo ha solicitado en forma reiterada, toda la información relacionada con los antecedentes y documentos relativos al proceso de obtención de la personalidad jurídica por parte del Centro General de Padres y Apoderados del Centro Educacional Pitágoras de la respectiva comuna. La Municipalidad de Independencia, con ocasión de una presentación anterior efectuada por el recurrente sobre la misma materia, a través de su oficio N° 176, de 2010, manifestó -adjuntando los correspondientes antecedentes-, que le ha entregado a éste toda la documentación que ha solicitado en relación con la organización comunitaria en cuestión, información que esta Contraloría General remitiera al señor Pérez Nettle mediante el oficio N° 22.153, del año en curso. Sobre el particular, es necesario consignar que el artículo primero de la ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública, aprobó la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, cuyo artículo 31 creó el Consejo para la Transparencia, organismo ante el cual el requirente puede solicitar amparo a su derecho de acceso a la información, conforme lo dispone el artículo 24 de dicho texto legal. En virtud de lo anterior, es dicho organismo el encargado de resolver los reclamos en que se requiere la protección del mencionado derecho, luego de haber sido pedida la información, según el procedimiento que establece la referida ley (aplica dictamen N° 68.314, de 2009). Sonia Doren Lois Contralor General de la República Subrogante
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 031268N10, de 11 de junio de 2010.
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