Contraloría General de la República · N° 064915N10
Dictamen N° 64.915, de 2 de noviembre de 2010
Texto del pronunciamiento
N° 64.915 Fecha: 02-XI-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Iván Tirado Iriarte, ex funcionario de la Policía de Investigaciones de Chile, para solicitar un pronunciamiento que determine si tiene derecho a percibir la asignación policial por desempeño en unidades operativas, prevista en el artículo 46, letra n), del D.F.L. N° 2, de 1968, del Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile. Sobre el particular, cabe destacar, en primer término, que la jurisprudencia administrativa de este Órgano de Control, contenida en el dictamen N° 41.967, de 1999, reconoció el derecho de los funcionarios de la Policía de Investigaciones de Chile a gozar de la asignación policial por desempeño en unidades operativas o judiciales. Enseguida, a través de los dictámenes N os 19.518, de 2006 y 40.848, de 2008, entre otros, esta Entidad Fiscalizadora, pronunciándose respecto al pago del estipendio de que se trata, expresó que tal materia debía ser regulada por el Reglamento de Gratificaciones, Asignaciones y Sobresueldos que debía dictarse al efecto, por lo que mientras éste no entrase en vigencia, no resultaba posible su otorgamiento. Pues bien, se debe anotar que mediante el decreto N° 135, de 2009, del Ministerio de Defensa Nacional, se aprobó el Reglamento de Asignaciones, Sobresueldos y Gratificaciones especiales y otros derechos económicos del Personal de la Policía de Investigaciones de Chile, el cual, sin embargo, no contempló norma alguna respecto al pago del emolumento en examen tratándose de ex funcionarios de ese servicio, tal como se informó en el dictamen N° 2.527, de 2010, de esta Contraloría General. En consecuencia, en mérito de lo expuesto, cabe concluir que el señor Iván Tirado Iriarte, no tiene derecho a percibir la asignación policial por desempeño en unidades operativas. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 064915N10, de 2 de noviembre de 2010.
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