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Contraloría General de la República · N° E478177N24

Dictamen N° E478177, de 22 de abril de 2024

Sumario

La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de conservación de rutas en Calama y San Pedro de Atacama, por faltar antecedentes y por inconsistencias en los montos consignados.

Texto del pronunciamiento

N° E478177 Fecha: 22-IV-2024 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba liquidación final del contrato "Conservación Rutas B-159, Km. 23,000 – Km. 24,500; B-165, Km. 39,000 – Km. 41,000 y Km. 61,000; B-169, Km.9,500 – Km. 10,000 y B193, Km. 3,500 – Km. 4,000; Comunas de Calama y San Pedro de Atacama, Provincia El Loa; Región de Antofagasta", en atención a las siguientes observaciones: 1. No fueron acompañados los siguientes antecedentes: a) Las especificaciones técnicas de las obras extraordinarias, aprobadas en los convenios modificatorios 1 y 2. b) La minuta de 15 de marzo de 2023, del inspector fiscal, citada en los vistos del acto en examen. c) Los antecedentes de respaldo de la multa cursada en el estado de pago N°2. d) La factura del estado de pago N°4. e) Aquellos que acrediten el cumplimiento del contratista de lo estipulado en el punto 4.1 sobre requerimientos mínimo del personal, del convenio de trato directo que se viene liquidando, en relación con el punto 4 del anexo complementario. f) Copia del plan de aseguramiento de la calidad y las auditorías internas de calidad establecidos en los puntos 8 y 10, respectivamente, del anexo complementario. g) Los informes mensuales, otros informes, e informe final, exigidos en el punto 5.9 del citado convenio. h) Copia de la póliza contra todo riesgo de construcción, y de los endosos de la póliza de responsabilidad civil. 2. El monto consignado en el punto 2, de la resolución exenta N° 3.665, de 2019, de la Dirección de Vialidad, por concepto de “Aumento efectivo (ajuste final de cubicaciones)”, no resulta coherente con la suma de los montos anotados por aumentos, disminuciones y obras extraordinarias del mismo punto 2. Por último, resulta necesaria una explicación acerca del motivo por el cual el monto del presupuesto definitivo es diverso al indicado en los vistos del acto en examen. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República (S). JUAN CARLOS LILLO VALENZUELA Subjefe de División

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° E478177N24, de 22 de abril de 2024.

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