Contraloría General de la República · N° 012126N19
Dictamen N° 12.126, de 3 de mayo de 2019
Texto del pronunciamiento
N° 12.126 Fecha: 03-V-2019 Don Andrés Giordano Salazar, en conjunto con otros dirigentes sindicales, reclama en contra de la Dirección del Trabajo, ya que estima que durante el proceso de reforma de los estatutos de la Central Unitaria de Trabajadores existieron diversas irregularidades que no fueron objetadas por dicho servicio. Requerido su informe, ese organismo remitió copia del oficio N° 1.537, de 2017, mediante el cual comunicó oportunamente a la CUT las observaciones a los estatutos reformados, indicando que esa agrupación debía subsanarlas dentro del plazo que se señala. Sobre la materia, el artículo 282 del Código del Trabajo dispone que la Dirección del Trabajo, en el plazo de cuarenta y cinco días hábiles, contados desde el registro de los instrumentos a que se refiere su artículo 280 –esto es, los estatutos de la organización y el acta respectiva–, podrá formular observaciones al acto de constitución o a los estatutos de una central, si estimare que ellos no se ajustan a lo dispuesto en la ley. Su inciso segundo añade que la central sindical deberá subsanar los defectos de constitución o conformar sus estatutos a las observaciones formuladas dentro del referido plazo, contado desde su notificación. Ahora bien, de acuerdo con los antecedentes tenidos a la vista por esta Entidad de Control, se aprecia que la Dirección del Trabajo actuó conforme a la citada disposición legal, informando pormenorizadamente y dentro del plazo correspondiente cada una de las observaciones a la reforma de los estatutos que se encontraba en trámite, con el objeto de que esa agrupación sindical las subsanara. A mayor abundamiento, consta en los documentos acompañados que un ministro de fe de ese servicio concurrió al acto de reforma de los estatutos y certificó que el proceso se había efectuado con normalidad y se habían cumplido los respectivos quorum, por lo que cabe desestimar la presentación de la especie. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 012126N19, de 3 de mayo de 2019.
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