Contraloría General de la República · N° E396296N23
Dictamen N° E396296, de 25 de septiembre de 2023
Sumario
La Contraloría concluye que no es objetable el reemplazo del reclamante como Jefe de Asesoría, pues el profesional sustituto cumple el perfil del cargo y el cambio fue autorizado por el Inspector Fiscal, sin reproche que formular.
Texto del pronunciamiento
Nº E396296 Fecha: 25-IX-2023 I. Antecedentes Se ha dirigido a esta Contraloría General don Elver Rodríguez Gutiérrez, para reclamar acerca de la decisión adoptada por la firma Axioma Ingenieros Consultores S.A. en orden a excluirlo de prestar sus servicios en el contexto de la ejecución del contrato denominado “Asesoría a la Inspección Fiscal para la Etapa de Construcción – Fase de Ingeniería y Etapa de Explotación de la Obra: Concesión Ruta 5 – Tramo Chillán – Collipulli”, suscrito con la Dirección General de Concesiones (DGC). Manifiesta, en síntesis, que su presentación en el cargo de Jefe de Asesoría, y en carácter de personal nominado, fue utilizada por la empresa adjudicataria para obtener una mejor calificación, debiéndose exigir las medidas que corresponda para que se cumpla con lo propuesto en la licitación. Requerido su informe, dicha Dirección remitió una minuta del Inspector Fiscal que desestima las afirmaciones planteadas por el reclamante, adjuntando los antecedentes que allí se indican. El contrato de que se trata fue adjudicado a la mencionada empresa consultora por medio de la resolución N° 15, de 2023, de la DGC, la que fuera tomada razón por este Órgano Contralor con fecha 12 de mayo del presente año. II. Fundamento jurídico Conforme con lo dispuesto en el artículo 67 del decreto N° 48 de 1994, del Ministerio de Obras Públicas -Reglamento para Contratación de Trabajos de Consultoría-, aplicable en la especie, “Si el Consultor solicita un cambio de personal individualizado en su Oferta Técnica, deberá requerirlo y proponer la persona reemplazante, que también deberá tener méritos similares, o superiores, al incluido en la Oferta Técnica”. Por su parte, de acuerdo a lo establecido en N° 13 Núm. 25 del anexo complementario de las bases administrativas, aprobado para este proceso de licitación por la resolución exenta N° 3.877, de 2022, de la DGC, corresponde al Inspector Fiscal autorizar el cambio del personal nominado. III. Conclusión Del examen de los antecedentes proporcionados por la DGC, aparece que el profesional reemplazante cumple con los requisitos del perfil del cargo de que se trata -establecidos en los atingentes términos de referencia- y que el reemplazo ha sido debidamente autorizado por el Inspector Fiscal. Siendo así, esta Contraloría General es del parecer que no resulta objetable el reemplazo en comento y no se aprecia reproche que formular. Saluda atentamente a Ud., OSVALDO VARGAS ZINCKE Contralor General de la República (Subrogante)
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E396296N23, de 25 de septiembre de 2023.
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