Contraloría General de la República · N° 078963N11
Dictamen N° 78.963, de 19 de diciembre de 2011
Texto del pronunciamiento
N° 78.963 Fecha: 19-XII-2011 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 1.631, de 2011, de Gendarmería de Chile, que aplica la medida disciplinaria de destitución al ex funcionario señor Pedro Luis Garcés Moscoso, al término de un sumario administrativo, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, según se advierte del expediente sumarial acompañado, la notificación de la resolución exenta N° 2.240, de 2011, que aplicó la aludida sanción al señor Garcés Moscoso, no cumplió con lo dispuesto por el artículo 131 de la ley N° 18.834, puesto que si bien las correspondientes búsquedas fueron efectuadas y se remitió la pertinente carta certificada, ambas diligencias se practicaron a un domicilio diverso al fijado por el inculpado para todos los efectos legales en su declaración de fecha 13 de enero de 2009, sin que se advierta que ese ex servidor haya realizado posteriormente alguna acción o trámite que permita tenerlo por notificado tácitamente de la citada resolución, de conformidad con lo prescrito en el artículo 47 de la ley N° 19.880, lo que importa, en último término, afectar el derecho a defensa del imputado, criterio que resulta conforme con lo expresado en el dictamen N° 42.695, de 2010, de este Ente Contralor. En mérito de lo expuesto, se representa el acto administrativo de que se trata, con el objeto que se adopten las medidas tendientes a subsanar el reparo indicado. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 078963N11, de 19 de diciembre de 2011.
Artículos que cita
Más sobre Medidas Disciplinarias
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La Contraloría concluye que, en los sumarios del artículo 72 letra b) de la ley N° 19.070, a los profesionales de la educación de un SLEP puede aplicárseles el término de la relación laboral o las medidas disciplinarias de su Reglamento Interno de Higiene y Seguridad (ley N° 16.744), y reconsidera dictámenes previos.
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La Contraloría aclara que las corporaciones municipales son entidades privadas cuyos empleados no son funcionarios públicos, por lo que no les aplican los artículos 156 y 157 de la ley N° 10.336. Concluye rechazando la reconsideración solicitada por CORMUMEL.
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