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Contraloría General de la República · N° 006349N13

Dictamen N° 6.349, de 29 de enero de 2013

Texto del pronunciamiento

N° 6.349 Fecha : 29-I-2013 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes del sumario administrativo instruido con motivo de los daños ocasionados al furgón fiscal Z-3401, conducido por su funcionario, señor Sergio Rubilar Cea, como asimismo, por los deterioros del pantalón que usaba la señora Ana Isidora Lobos Parra y del bastón retráctil que llevaba el señor Roberto Torres Mancilla, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sean exonerados de responsabilidad civil. Al respecto, cabe señalar que del estudio de la documentación adjunta, aparece que el día 11 de abril de 2011, esos servidores, acompañados de otros empleados, concurrieron a la Avenida Pedro Aguirre Cerda, próximo a la intersección con calle Durán, en la comuna de Coronel, y en los instantes en que intentaban controlar los desórdenes que un grupo de personas efectuaba en ese lugar, fueron atacados con objetos contundentes y piedras, resultando el citado móvil con uno de sus vidrios quebrados. Además, en el mismo procedimiento, la señora Lobos Parra recibió el impacto de una piedra, lo que dañó su pantalón y, en los momentos en que el señor Torres Mancilla evitaba ser agredido, perdió el equilibrio, golpeándose en el suelo el bastón que llevaba, quebrándose. Los perjuicios ocasionados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 28, de 2011, de la Zonal de Mantenimiento de Vehículos Concepción, ascendieron a la suma de $135.600, siendo el referido móvil reparado y dado de alta para el servicio. Por su parte, los deterioros del pantalón, de conformidad con el documento electrónico N° 1934724, de 2011, de la Prefectura Concepción, fueron por un monto de $9.500; mientras que el bastón retráctil, acorde con el documento electrónico N° 8192233, de 2012, del Departamento Armamento y Municiones, tiene un valor de US$30 dólares de los Estados Unidos de América (equivalente a $14.160), resolviendo la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 231, de 2012, dar de baja esta última especie. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. D e esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Sergio Rubilar Cea , por los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-3401, a la señora Ana Isidora Lobos Parra, por los deterioros de su pantalón y a don Roberto Torres Mancilla, por los daños en el bastón retráctil ya individualizado. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 006349N13, de 29 de enero de 2013.

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