Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 068450N12

Dictamen N° 68.450, de 31 de octubre de 2012

Texto del pronunciamiento

N° 68.450 Fecha: 31-X-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Cecilia Pacheco Castro, funcionaria del Hospital Exequiel González Cortés, para solicitar un pronunciamiento que determine si le asiste actualmente el derecho a percibir el beneficio por desempeño colectivo, atendido a que, producto de sus licencias médicas, no pudo ser calificada. Como cuestión previa, cabe señalar que esta Entidad de Control entiende que lo que pretende la interesada es el entero de la bonificación contemplada en el artículo 1° de la ley N° 19.490, toda vez que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que el indicado centro asistencial le paga la asignación de acreditación individual y estímulo al desempeño colectivo, contemplada en el artículo 83 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud. Requerido su informe, el mencionado establecimiento de salud ha manifestado, en síntesis, que la recurrente hizo uso de licencia médica durante todo el período calificatorio 2010-2011, razón por la cual no fue evaluada, por lo que no le corresponde el emolumento que pretende. Sobre el particular, es dable mencionar que el citado artículo 1° de la ley N° 19.490, estableció la asignación de estímulo por experiencia y desempeño funcionario, entre otros, para el personal de ese Hospital, para cuyo otorgamiento se considerará el resultado de las calificaciones obtenidas el año inmediatamente anterior a su entero, agregando que quienes no hayan sido evaluados por cualquier motivo en el correspondiente período, salvo que se trate del ejercicio del descanso de maternidad, no tendrán derecho a éste. Luego, conviene añadir que el artículo 40 de la ley N° 18.834, dispone que no serán calificados los servidores que por cualquier causa hubieren desempeñado efectivamente sus funciones por un lapso inferior a seis meses, ya sea en forma continua o discontinua dentro del respectivo período, caso en el cual conservarán aquélla obtenida en el año anterior. En este sentido, es menester expresar que cuando el ejercicio del derecho a feriado, licencias médicas o permisos administrativos, implica para el funcionario ausentarse de su lugar de trabajo por un tiempo superior a seis meses dentro del respectivo proceso calificatorio, éste se encuentra en la situación descrita en el artículo 40 del citado texto estatutario, razón por la que debe entenderse que su desempeño efectivo de funciones ha sido inferior a seis meses, lo que determina que no puede ser objeto de evaluación, tal como, por lo demás, se ha precisado, entre otros, en los dictámenes N os 60.737, de 2011 y 46.068, de 2012, de este origen. En consecuencia, en atención a que de los antecedentes tenidos a la vista aparece que la señora Pacheco Castro hizo uso de licencia médica durante todo el período de evaluación, lo que impidió que se le efectuara la calificación requerida, es menester concluir que no le asiste el derecho a percibir la asignación que reclama. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 068450N12, de 31 de octubre de 2012.

Artículos que cita

Más sobre Incentivos por Desempeño

  • 29 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF205357

    La Contraloría rechaza la reconsideración del dictamen N° 9.545 de 2013, confirmando que las licencias médicas no autorizadas, rechazadas o invalidadas constituyen ausencias injustificadas que impiden cobrar la cuota de la asignación del artículo 1° de la ley N° 19.490, y que en la asignación del artículo 83 del DFL N° 1 de 2005 corresponde descontar los días no trabajados.

  • 18 de mayo de 2026

    Dictamen N° OF95036

    La Contraloría concluye que la inasistencia de una asistente de la educación a una capacitación por estar con permiso postnatal parental se justifica para calcular la variable de convivencia escolar del bono de desempeño laboral, aplicando una excepción a la regla general.

  • 15 de abril de 2026

    Dictamen N° D215

    La Contraloría concluye que los funcionarios que cambian de servicio de salud sin solución de continuidad mantienen el derecho al pago íntegro del componente por cumplimiento de metas, siempre que estén en funciones en cualquier servicio de la red al momento del entero.

Todos los pronunciamientos sobre Incentivos por Desempeño

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Remuneraciones y Derechos Funcionarios, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Remuneraciones y Derechos Funcionarios

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium