Contraloría General de la República · N° OF13517N26
Dictamen N° OF13517, de 21 de enero de 2026
Sumario
La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba el convenio por trato directo para la obra caminera, porque faltan antecedentes exigidos en su resuelvo N°2, la oferta técnica de la empresa adjudicada y las garantías de los resuelvos N°6 y 7.
Texto del pronunciamiento
N° OF13517 Fecha: 21-01-2026 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba el convenio ad-referéndum por trato directo para la contratación de la obra “Conservación por Emergencia Camino Bollenar – Mallarauco – Peñaflor, Rol G-380, sector Cuesta Pelvin Km 26,5 al 29,50, comuna de Peñaflor, provincia de Talagante, RM, 2° Llamado”, por cuanto no se han remitido los antecedentes que se singularizan en su resuelvo N° 2. Del mismo modo, tampoco se han enviado los documentos constitutivos de la oferta técnica de la empresa cuya oferta se aceptó, conforme con lo requerido en la respectiva invitación a presentar propuestas, ni copia de la garantía y póliza de responsabilidad civil a que se refieren los resuelvos N° s 6 y 7 del acto en examen. Por otra parte, se hace presente respecto de la letras con las cuales se individualizan los antecedentes que se aprueban en el citado resuelvo N°2, que a la letra B le sigue la D, y que el enunciado de esta letra no se corresponde con todo su contenido. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República César Cristian González Cáceres Jefe (S) Comité Obras Públicas
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° OF13517N26, de 21 de enero de 2026.
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