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Contraloría General de la República · N° 085638N16

Dictamen N° 85.638, de 28 de noviembre de 2016

Texto del pronunciamiento

N° 85.638 Fecha: 28-XI-2016 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del rubro que, regulariza y aprueba convenio ad-referéndum N° 2, relativo al “Estudio de Factibilidad Construcción Obras de Aguas Lluvias, Sector Sur – Oriente de Santiago, Región Metropolitana”, por cuanto en los antecedentes acompañados no se encuentra debidamente justificada la variación referida al plazo de la etapa 2 en 30 días -finalizando el 3 de abril de 2016-, ya que conforme al oficio N° 5.703, de 26 de septiembre de 2016, del inspector fiscal, tal etapa se aprobó en esta última fecha, sin que conste, además, en su caso, la aplicación de la multa por atraso establecida en el punto 38 de las respectivas bases, por todo el período intermedio. Asimismo, en relación a lo señalado por el consultor en carta del 14 de diciembre de 2015, y a lo anotado en el punto 2.2 del acuerdo, no resulta procedente que ante una mayor cantidad de trabajo de terreno y de gabinete, se omita sancionar en el presente acuerdo, el incremento que ello genera. Por último, cabe objetar que el acto administrativo en examen ha sido dictado con evidente retraso, lo que no se aviene, con los artículos 3°, inciso segundo, y 8° de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, que imponen a los órganos de la Administración el deber de accionar por propia iniciativa en el cumplimiento de sus funciones, procurando la simplificación y rapidez de los trámites de procedimiento. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 085638N16, de 28 de noviembre de 2016.

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