Contraloría General de la República · N° 082049N14
Dictamen N° 82.049, de 23 de octubre de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 82.049 Fecha : 23-X-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora María Bolbarán Vargas, exprofesora de Carabineros de Chile, solicitando un pronunciamiento acerca del derecho que le asistiría para percibir la asignación académica, lo que, en opinión de ese organismo, no resultaría procedente. Sobre el particular, es dable destacar, de acuerdo con lo señalado en el artículo 3°, letra p), del decreto N° 87, de 1999, del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento de Asignaciones, Sobresueldos, Gratificaciones Especiales y otros derechos estatutarios, que podrán percibir el mencionado estipendio los profesores de sus planteles educacionales que posean el grado de magíster o doctor y que realicen docencia relacionada con los mismos, condición que deberá ser evaluada por la Dirección de Educación institucional. En este sentido, la jurisprudencia administrativa de esta Entidad Fiscalizadora, contenida en los dictámenes N os 37.477 y 55.868, ambos de 2012, precisó que el otorgamiento del emolumento de que se trata, no proviene únicamente del hecho de acreditar uno de los referidos grados académicos, sino que, además, es necesario realizar labores docentes vinculadas con ellos, correspondiéndole a la Administración activa verificar la concurrencia de las circunstancias anotadas. Ahora bien, en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que la mencionada dirección determinó que el diploma que posee la señora María Bolbarán Vargas no dice relación con las cátedras que aquélla impartió en la Escuela de Formación de Carabineros, por lo que cabe concluir que la peticionaria no puede disfrutar de la asignación que reclama. Transcríbase a Carabineros de Chile. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 082049N14, de 23 de octubre de 2014.
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