Contraloría General de la República · N° 079130N14
Dictamen N° 79.130, de 13 de octubre de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 79.130 Fecha : 13-X-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-129, conducido por su funcionario, señor Juan Francisco Catalán Romero, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que en la documentación adjunta, aparece que el día 8 de julio de 2013, mientras ese servidor se desplazaba en el citado móvil por el pasaje Rosita Renard, y al llegar a la intersección con el pasaje Soto Moraga, en la comuna de Antofagasta, fue colisionado por un vehículo particular, resolviendo el Primer Juzgado de Policía Local de la referida comuna, en su sentencia de fecha 23 de noviembre de 2013, condenar al conductor de este último automóvil como responsable del accidente de que se trata. Los perjuicios causados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 459, de 2014, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $300.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, considerando que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Juan Francisco Catalán Romero, por los daños causados en el automóvil fiscal RP-129. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 079130N14, de 13 de octubre de 2014.
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